Home | Resoluciones 2012

RESOLUCION EXENTA SII N°32 DEL 23 DE FEBRERO DEL 2012
MATERIA : MODIFICA RESOLUCIÓN EX. N° 31 DE 01.03.2011

Hoy se ha resuelto lo que sigue:

VISTOS : Lo dispuesto en el artículo 6°, letra A), N° 1 del Código Tributario, contenido en el artículo 1° del D.L. N° 830, de 1974; en los artículos 1° y 7° de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el artículo 1° del D.F.L. N° 7, del Ministerio de Hacienda, de 1980; lo dispuesto en la Ley N° 19.885, sobre donaciones con fines sociales y públicos, modificada por la Ley N° 20.316; las instrucciones contenidas en la Circular N° 71, de fecha 12 de noviembre de 2010; las Resoluciones Exentas SII N° 76, del 26 de junio de 2007; N° 37, del 26 de marzo de 2008 y N° 31 del 01 de marzo de 2011; y

CONSIDERANDO:

1°. Que, en cumplimiento de las funciones de este Servicio de velar por una eficiente administración y fiscalización de los impuestos, se hace necesario optimizar el uso de los recursos y de la información que se utilizan para el buen logro de esta función. 

2°.  Que, este Servicio ha estimado necesario actualizar los modelos de Certificados Nos 25 y 28, y sus respectivas instrucciones, que forman parte integrante de la resoluciones citadas en los considerandos anteriores, a fin de adecuarlos a las modificaciones legales introducidas por la Ley N° 20.316, de 2009.


SE RESUELVE:

1°. Modifíquese la Resolución Exenta SII N° 31, del 01 de Marzo de 2011, sustituyéndose los modelos de Certificados N° 25 y N° 28 y sus correspondientes instrucciones, contenidos en los Anexos N° 1 y N° 2, adjuntos.

2°. Los Modelos e instrucciones del llenado de los certificados N°25 y N°28, se encuentran disponibles en la página Web del Servicio de Impuestos Internos: www.sii.cl

3°. La presente Resolución regirá a contar del Año Tributario 2012, respecto de la información que debe proporcionarse en los certificados emitidos a partir del 01 de enero del año 2011, y para el caso del llenado de tipo de impuesto al cual deben imputarse las donaciones regirá a partir de la emisión de certificados del 01 de enero del año 2012, de acuerdo a las instrucciones señaladas en los Anexos N°1 y N°2 adjuntos.

4°. Los Anexos N°1 y N°2 de esta Resolución, y que se entienden forman parte íntegra de ella, se publicará oportunamente en la página Internet de este Servicio, www.sii.cl

Toda modificación del anexo aludido en el párrafo anterior, se efectuará mediante su oportuna publicación en la página web de este Servicio.


ANÓTESE, COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE EN EXTRACTO.


(FDO.) MARIO VILA FERNÁNDEZ
DIRECTOR (S)


Anexo 1: Modelo Certificado N°25 y sus respectivas instrucciones de llenado.
Anexo 2: Modelo Certificado N°28 y sus respectivas instrucciones de llenado.


Lo que transcribo a Ud., para su conocimiento y demás fines


IBC/RNS/KCC/pcg
DISTRIBUCIÓN:
-    AL BOLETÍN
-    A INTERNET
-    AL DIARIO OFICIAL