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RESOLUCION EX. SII N° 622 DEL 21 DE FEBRERO DEL 2012
MATERIA : DELEGACIÓN DE FACULTADES QUE INDICA.

Hoy se ha resuelto lo que sigue:

VISTOS: Lo dispuesto en la letra c) del artículo 19 y en el artículo 20 del D.F.L. N° 7 de 1980, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos; lo establecido en el artículo 41 de la Ley N° 18.575, sobre Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; lo previsto en los Nos 5 y 7 de la letra B del artículo 6° y artículos 83 y 87 del Código Tributario; lo dispuesto en la Ley N° 17.235 y, lo preceptuado en la Resolución N° 1600, de 2008, de la Contraloría General de la República, sobre exención del trámite de toma de razón; y,


CONSIDERANDO:

a)         Que mediante Circular N° 14 de 2012, se instruyó sobre el procedimiento para requerir información a los entes edilicios en el contexto de solicitudes administrativas de revisión de avalúos de bienes raíces y,o de la aplicación de la sobretasa del impuesto territorial que grava a los sitios no edificados con urbanización, propiedades abandonadas y pozos lastreros, ubicados en el área urbana, estableciéndose un formato de oficio para ello; y

b)        Que por razones de buen servicio y con el fin de propender a un mejor cumplimiento de los objetivos de buena gestión de la Administración, se estima necesario que los Directores Regionales puedan delegar en los Jefes de Departamentos de Avaluaciones y en los Jefes de Unidades de sus respectivas jurisdicciones, la facultad de requerir información a las municipalidades, conforme a lo previsto en los artículos 83 y 87 del Código Tributario, y,o dar respuesta a los requerimientos de información de estas Corporaciones, en los procedimientos administrativos referidos en la Circular N° 14 de 2012.


RESUELVO:

AUTORÍZASE a los Directores Regionales, para delegar mediante resolución, en los Jefes de Departamentos de Avaluaciones y en los Jefes de Unidades de sus respectivas jurisdicciones, la facultad de requerir información a las municipalidades, conforme a lo previsto en los artículos 83 y 87 del Código Tributario, y,o dar respuesta a los requerimientos de información de éstas, en los casos que ello sea pertinente, en el curso de la tramitación de los procedimientos administrativos referidos en la Circular N° 14 de 2012.


ANÓTESE Y COMUNÍQUESE

 

(FDO.) MARIO VILA FERNÁNDEZ
DIRECTOR (S)

Lo que transcribo a Ud., para su conocimiento y demás fines.

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