RESOLUCION EXENTA SII N°71 DEL 19 DE JUNIO DEL 2012
Hoy
se ha resuelto lo siguiente: VISTOS: Las
facultades contenidas en el Artículo 6°, letra A), N° 1 del Código Tributario,
y en los Artículos 1° y 7° de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos
Internos, contenida en el Artículo 1° del D.F.L. N° 7, de Hacienda de 1980; lo
dispuesto en el Decreto Ley N° 825 de 1974, Ley sobre Impuesto a las Ventas y
Servicios y en su reglamento, contenido en el Decreto Supremo de Hacienda N°
55, de 1977; las Resoluciones Ex. SII N° 126, del 01.09.2009, N° 146, del 08.09.2010, y N° 99, del
08.08.2011. La
presentación efectuada por don Mario Arce Garcés RUT N° 10.663.451-3, fechada
el 29 de diciembre de 2011, en representación de Petrobras Chile Distribución
Ltda., RUT N° 79.588.870-5, en la que – fundado en razones de fuerza mayor - solicita
prórroga de la autorización para operar con el sistema integrado de venta de
combustibles y lubricantes a través de tarjetas de crédito y de venta de
combustibles a través de tarjetas prepagadas,
denominado “Petrobras Flota – Ticket Car”, otorgada por Resolución Ex. SII N°
126, de 01.09.2009, y ampliada por Resoluciones Ex. SII N° 146, de 08.08.2010
y N° 99, del 08.08.2011. CONSIDERANDO: 1° Que, mediante Resolución Ex. SII N°
126, del 01.09.2009, se autorizó al
contribuyente, Petrobras Chile Distribución Ltda. RUT N° 79.588.870-5, para
adoptar el sistema integrado de venta de combustibles y lubricantes a través de
tarjetas de crédito, y de venta de combustibles a través de tarjetas prepagadas, denominado “Petrobras Flota – Ticket Car”, en
reemplazo del sistema denominado “EssoCard”; 2° Que, el resolutivo 3° de la citada
resolución, establece que dicha
autorización tendrá un año de duración, a contar desde la fecha de su publicación
en el Diario Oficial; pudiendo el contribuyente solicitar, fundado en la
existencia de razones de fuerza mayor, su renovación antes del vencimiento del
plazo otorgado; 3° Que, a juicio de este Servicio, las
razones esgrimidas por el contribuyente, hacen procedente acceder a la prórroga
solicitada. SE RESUELVE: 1°.-
AMPLÍASE, hasta el 31 de diciembre de 2012, el plazo de autorización establecido en el
resolutivo 3° de la Resolución Ex. SII N° 126, del 01.09.2009, al contribuyente Petrobras Chile Distribución
Ltda., RUT N° 79.588.870-5. 2°.- La presente autorización regirá independientemente
del proveedor del sistema emisor de tarjetas de crédito y prepago que, para
dichos efectos, contrate o habilite el contribuyente Petrobras Chile
Distribución Ltda.; siempre que se resguarden debidamente las características
técnicas y modelo de operación exigidas en la Resolución Ex. SII N° 126, del
01.09.2009. 3°.- La presente
resolución se publicará, en extracto, en el Diario Oficial. ANÓTESE,
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE EN EXTRACTO (FDO.) JULIO PEREIRA GANDARILLAS Lo que transcribo a Ud., para su conocimiento y demás fines. IBC/RPA/HSS/cpg |