RESOLUCION EXENTA SII N°87 DEL 09 DE AGOSTO DEL 2012
Hoy se ha resuelto
lo que sigue: VISTOS: Las
facultades que me confieren los artículos 1° y 7° de
CONSIDERANDO: 1° Que, mediante
2° Que, de conformidad a lo establecido en
el resolutivo 6° de
3° Que, de conformidad a lo establecido en
4° Que, las Instituciones han solicitado
el otorgamiento de la autorización para ser receptoras de alimentos cuya comercialización sea inviable para entregarlos a título
gratuito a personas de escasos recursos; 5° Que,
teniendo presente el contenido de los informes, evacuados por los Jefes de los
Departamentos de Plataforma de Atención y Asistencia, de las Direcciones
Regionales Metropolitanas Santiago Poniente, Santiago Oriente y Director
Regional de Dirección Regional Metropolitana Santiago Centro. SE RESUELVE: 1° Autorízase
como Instituciones receptoras de
Alimentos cuya Comercialización sea Inviable, a las entidades que se
individualizan a continuación: Nombre
o Razón Social Rol
Único Tributario Corporación La Casa
del Padre Demetrio 72.244.800-6 Fundación Marcelo
Astoreca Correa 71.635.600-0 Hogar Crea Chile 74.295.700-4 Renuevo Centro
Integral 65.827.920-3 En la oficina virtual del SII en
Internet, se podrá consultar la nómina de Instituciones sin Fines de Lucro
Distribuidoras y Receptoras de Alimentos, cuya Comercialización sea Inviable,
autorizadas para recibir alimentos para su entrega en forma gratuita a personas
de escasos recursos. 2° Las
instituciones autorizadas de acuerdo al resolutivo anterior, deberán cumplir lo
establecido en
3° El incumplimiento de las obligaciones
que establece esta Resolución, será sancionado de conformidad a lo establecido
en el artículo 109 del Código Tributario. 4° La presente resolución entrará en
vigencia a contar de la publicación, en extracto, en el Diario Oficial. ANÓTESE, COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE EN
EXTRACTO. (Fdo.) IVÁN BELTRAND CRUZ Lo que transcribo a Ud., para su conocimiento y demás
fines. RNS/JFC/rsa |