1.- Los requisitos administrativos requeridos para que se otorgue la autorización son:
            a)   Llevar 
            Contabilidad Completa
            b)   No 
            estar procesado ni sancionado por delito tributario
            2.- Desde el punto de vista técnico, se 
            requiere  que el contribuyente demuestre que genera los Libros 
            Contables Electrónicos en el formato definido por el Servicio. Para 
            lo anterior debe contar con códigos de autorización de libros (CAL) 
            en forma directa o a través de terceros. Para más detalles ver
            Inscripción en Libros Contables 
            Electrónicos.
 
3.- Una vez obtenido un CAL (propio o de terceros) el representante legal deberá efectuar una solicitud autenticándose aquí
            En la solicitud deberá indicar un 
            usuario administrador el cual deberá contar con certificado digital. 
            El Usuario-Administrador es la persona autorizada por el 
            contribuyente para ingresar o modificar, la identificación de los 
            signatarios o firmantes autorizados para efectuar acciones 
            relacionadas con los Libros Contables Electrónicos. (El 
            representante legal puede nombrarse a sí mismo como 
            Usuario-Administrador). 
4.- Cuando el SII haya emitido la resolución que lo autoriza como emisor de Libros Contables Electrónicos es preciso actualizar datos según lo siguiente:
a) Sólo si el contribuyente no es emisor de documentos electrónicos, el usuario administrador o el representante legal deberá ingresar el mail de contacto (donde se enviarán los resultados de los envíos) en Actualización datos Empresa de menú DTE. Si es emisor de DTE, el mail de contacto será el mismo de Factura Electrónica.
            b)    Deberá agregar además dos tipos de 
            firmantes en
            
            Manutención de Usuarios
Firmante autorizado a firmar Libros Contables electrónicos.
              Firmante autorizado a enviar al SII 
              los Envíos obligatorios y Envíos de Libros.