Los contribuyentes que podrán hacer uso de este documento especial son: las “Construcción de edificios completos o de partes de edificios” y/o “Obras de ingeniería”.
Paso 1.
Ingrese a la opción “Factura electrónica con crédito de empresas constructoras”.
Se desplegará el formulario habitual, pero con el ítem CRÉDITO EMPRESA CONSTRUCTORA, el que deberá ser completado manualmente, el valor no deberá superar el 65% del IVA de la operación.
Paso 3.
Luego de ingresar lo datos deberá proceder como de costumbre, ya sea guardando el borrador, o bien, validando y visualizando de modo de emitir el documento.