RENTA – ACTUAL LEY SOBRE IMPUESTO A LA – LEY N° 20.789, DE 2014 – LEY N° 20.889, DE 2016 – LEYES N° 19.420, DE 1995, N° 16.441, DE 1966, N° 19.149, DE 1992. (ORD. N° 885, DE 05.04.2016)
INCENTIVOS TRIBUTARIOS PARA EMPRESAS QUE SE INSTALEN EN PROVINCIAS GRANDES DEL PAÍS.
Mediante ordinario indicado en el antecedente se ha trasladado a este Servicio su presentación efectuada a la Presidencia de la República con fecha xx.xx.xxxx, donde usted sugiere que se brinden incentivos tributarios a las empresas que se instalen en provincias grandes del país.

Al respecto, y por encargo del Jefe de Gabinete del Subsecretario de Hacienda, a continuación se da respuesta a la presentación que usted hiciera a S.E. la Presidenta de la República.

Como primera cuestión, se informa que su presentación no especifica el tipo de incentivo tributario que se sugiere introducir. Sin perjuicio de lo anterior, se informa que, a propósito de sugerencias de similar naturaleza, se ha estimado inconveniente su introducción como herramienta de política pública, atendido que éstas deben ser muy restringidas y aplicarse frente a situaciones excepcionales que ameriten un trato diferenciado.

Lo anterior, sumado a las dificultades que estos sistemas originan respecto de su fiscalización y correcto uso por parte de los contribuyentes.

Por esas razones, nuestro sistema impositivo ha propendido a reducir al mínimo las exenciones y, en el caso de las regiones, se ha buscado favorecer únicamente a las zonas extremas.

Tal es el caso, por ejemplo, de los siguientes beneficios e incentivos:
a) Otorgamiento de créditos por inversiones efectuadas en las provincias de Arica y Parinacota (Ley N° 19.420);
b) Beneficios tributarios para las empresas y personas radicadas en la Isla de Pascua (Ley N° 16.441);
c) Regímenes preferenciales aduaneros y tributarios para las comunas de Porvenir y Primavera de la provincia de Tierra del Fuego, de la XII Región de Magallanes y de la Antártica Chilena ( Ley N° 19.149), para el territorio de la XII Región de Magallanes y de la Antártica Chilena (Ley N° 18.392) y para la comuna de Tocopilla, de la Provincia del mismo nombre, ubicada en la II Región de Antofagasta (Ley N° 19.709);
d) Beneficios tributarios para las empresas instaladas en Zonas Francas (DFL N° 341 de 1977, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado, se contiene en el DFL N° 2 de 2001, del Ministerio de Hacienda).

Por otra parte, se hace presente que, fuera de los incentivos al ahorro, inversión y adquisición de ciertos bienes de capital ya existentes en nuestra legislación tributaria y de aplicación general, la Ley N° 20.780, sobre reforma tributaria , ha perfeccionado algunos de esos incentivos e incorporado otros.

De este modo, y por las razones antes anotadas, no parece conveniente innovar sobre esta materia, introduciendo nuevos incentivos tributarios para las provincias grandes del país.


FERNANDO BARRAZA LUENGO
DIRECTOR

Oficio N° 885, de 05.04.2016
Subdirección Normativa
Dpto. de Técnica Tributaria