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Santiago, 30 de Diciembre de 2020

El SII recuerda:

Trabajadores dependientes que no cumplían con los requisitos para acceder al Aporte Fiscal para la Clase Media tienen hasta el 31 de diciembre para restituirlo sin reajustes, multas, ni intereses

  • La restitución debe realizarse a través del sitio web de la Tesorería General de la República.
  • El 31 de diciembre también vence el plazo para que los trabajadores dependientes y empresarios individuales puedan solicitar el Préstamo Solidario del Estado, correspondiente al último mes en el que se entrega este beneficio.

El Servicio de Impuestos Internos recuerda que los trabajadores dependientes que presentaron diferencias entre el monto que autodeclararon como sueldo tributable de julio de 2020 al momento de solicitar el Aporte Fiscal para la Clase Media y el calculado a partir de sus cotizaciones previsionales obligatorias o de lo efectivamente percibido, que tienen plazo hasta el 31 de diciembre para restituirlo sin reajustes, multas ni intereses, a través del sitio web de la Tesorería General de la República.
 
Cabe recordar que, en el proceso de verificación del cumplimiento de los requisitos establecidos por la ley, el SII detectó 437.703 trabajadores dependientes que, según la información disponible en las Superintendencias de Seguridad Social y de Pensiones y en la Tesorería General de la República, entre otras instituciones, registraban diferencias entre el monto que autodeclararon como sueldo tributable en julio de 2020, al solicitar el bono, y el cálculo realizado a partir de sus cotizaciones previsionales obligatorias o de lo efectivamente percibido, no cumpliendo con el requisito legal de tener una disminución de un 30% o más en sus remuneraciones de dicho mes, respecto del promedio de ingresos totales de 2019.
 
Préstamo
En tanto, el 31 de diciembre también vence el plazo para que los trabajadores dependientes y empresarios individuales que cumplan con los requisitos legales, puedan solicitar por última vez el Préstamo Solidario del Estado, correspondiente a diciembre. Este beneficio estaba destinado a los trabajadores dependientes y empresarios individuales que registraron una disminución de -al menos- un 30%; respecto del promedio de las remuneraciones percibidas en 2019, en el caso de los trabajadores dependientes, o en la base del cálculo de los PPM, en el caso de los empresarios individuales, de acuerdo a lo establecido en la ley.