Santiago, 9 de Diciembre de 2024
Tienen plazo hasta el 31 de diciembre:
Más de 1.800 juicios tributarios pendientes en los Tribunales de Justicia podrían acogerse al sistema de término anticipado establecido en la Ley de Cumplimiento de Obligaciones Tributarias
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Lo que se busca con esta medida es el pronto pago de los impuestos determinados por el SII en estas causas, entregando una opción al contribuyente para que pueda resolver sus contingencias tributarias.
La Ley N°21.713, que dicta normas para asegurar el Cumplimiento de Obligaciones Tributarias ha establecido, en su artículo 12 transitorio, la opción de poner término a procesos judiciales pendientes por giros o liquidaciones tributarias, siempre que el contribuyente acepte pagar el total de la deuda tributaria reajustada, a cambio de la condonación del total de los intereses y multas correspondientes.
Esta medida permitirá recuperar los impuestos determinados en estas causas, entregando una opción al contribuyente para que pueda regularizar su situación tributaria. Los contribuyentes han podido acogerse a este procedimiento desde el 1° de noviembre pasado y hasta el 31 de diciembre de este año.
Podrán solicitar acogerse a este mecanismo los contribuyentes que mantengan gestiones judiciales pendientes por reclamos de giros o liquidaciones de impuestos ante los Tribunales Tributarios y Aduaneros, las Cortes de Apelaciones o Corte Suprema, siempre que se traten de procesos pendientes que se hayan iniciado antes del 1° de enero de 2024, y que el contribuyente reconozca y pague la deuda tributada reajustada.
Causas pendientesDe acuerdo con los requisitos mencionados, podrían acogerse a esta medida alrededor de 1.825 causas, las que, en total, representan más de $618 mil millones de pesos, correspondientes a giros o liquidaciones tributarias.
Este es un proceso similar al establecido en el artículo 33° transitorio de la Ley N°21.210, sobre Modernización Tributaria, que, entre los años 2020 y 2022, culminó con 108 causas acogidas al término anticipado de juicios, arrojando un monto total pagado por liquidaciones de impuestos de $87.900 millones.
Cómo opera el sistemaPara acogerse al nuevo proceso de término anticipado de juicios, deben cumplirse con los siguientes pasos:
- El contribuyente presenta una solicitud al SII de manera electrónica, acompañando antecedentes, en MISII, ingresar peticiones administrativas, seleccionar la opción artículo 12 transitorio.
- Luego, debe presentar el comprobante de ingreso de la solicitud en el tribunal respectivo, para que suspenda el procedimiento mientras el SII resuelve.
- En un plazo de 3 meses, el SII revisará el cumplimiento de los requisitos legales.
- Si se cumplen los requisitos, el SII dictará una resolución y la enviará al tribunal respectivo.
- El contribuyente debe comprometer el pago de la deuda tributaria.
- En un plazo de 5 días, el tribunal levantará un acta que pondrá término a las gestiones judiciales.
- El SII publicará en su sitio web, la nómina de los juicios terminados en el marco de esta norma.
La Ley de Cumplimiento de las Obligaciones Tributarias estableció, además, que no pueden acogerse a este mecanismo los casos en que el SII haya presentado una acción penal, o aquellos casos asociados a la aplicación de la Norma General Antielusión.