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Santiago, 9 de Diciembre de 2024

Con el apoyo del Centro de Estudios Tributarios de la Universidad de Chile:

SII entrega orientación a asesores tributarios sobre repatriación de capitales

  • A través de esta charla online que se realizará este miércoles 11 de diciembre, a las 9.30 horas vía Teams, la administración tributaria y representantes de la Universidad de Chile responderán las principales consultas sobre este beneficio.
  • El plazo para acogerse a este procedimiento voluntario y extraordinario de Declaración de Bienes o Rentas que se encuentran en el Extranjero vence el próximo 31 de diciembre. 

Con el objeto de entregar a diversos asesores tributarios de todo el país, la orientación que necesitan para facilitar que aquellos de sus clientes, que mantengan bienes o rentas en el extranjero pendientes de tributación en el país, puedan acogerse al proceso de Repatriación de Capitales, que les permite regularizar su situación tributaria, a través de la aplicación de un impuesto único y sustitutivo del 12% sobre el valor de los bienes o rentas determinados por el contribuyente, el SII realizará una charla online orientada a este segmento.  

Esta actividad se llevará a cabo este miércoles 11 de diciembre, a las 9.30 horas, a través de la plataforma Teams, y es organizada de manera conjunta por el Servicio de Impuestos Internos y el Centro de Estudios Tributarios (CET) de la Universidad de Chile.

En la ocasión expondrán los expertos del SII en la materia, Carolina González y Fernando Musa, ambos directivos de la Subdirección de Fiscalización, en tanto, Gonzalo Polanco, Director del CET, será el moderador de esta charla.

Repatriación de Capitales

Este mecanismo, que consiste en un procedimiento voluntario y extraordinario de Declaración de Bienes y Rentas que se encuentran en el Extranjero, sin haber sido declaradas ni pagado los impuestos que corresponden, está disponible para que los contribuyentes puedan acogerse desde el 1 de noviembre, y su vigencia se extiende hasta el 31 de diciembre.

A esta opción pueden acogerse los contribuyentes que quieran regularizar la situación de los bienes de cualquier clase, divisas o rentas, que se encuentren en el extranjero y que no hayan sido oportunamente declarados o gravados con los tributos correspondientes en Chile.
 
¿En qué consiste esta opción?

Consiste en un impuesto único y sustitutivo, con una tasa de 12%, sobre el valor de los bienes o rentas, determinado y declarado por el contribuyente, a través del formulario que el Servicio dispondrá por Internet.
 
Pueden acogerse a esta opción los residentes, domiciliados, establecidos o constituidos en Chile antes del 1 de enero de 2023, que acrediten dominio de bienes declarados (los que no estarán obligados a reingresar los bienes al país una vez declarados), con anterioridad a dicha fecha y las rentas percibidas hasta el 31 de diciembre de 2023. La Ley específica las formas de valoración y acreditación en detalle, para cada uno de los bienes y rentas que puedan acogerse.
 
De esta forma, podrán acogerse a este impuesto único toda clase de bienes, incluyendo bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, tales como acciones o derechos en sociedades constituidas en el exterior, o el derecho a los beneficios de un trust o fideicomiso, así como también toda clase de instrumentos financieros o valores, como bonos, cuotas de fondos, depósitos y similares, que sean pagaderos en moneda extranjera; las divisas; y rentas que provengan de los bienes como dividendos, utilidades e intereses.

Los asesores tributarios interesados en participar en esta charla pueden inscribirse aquí.