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Santiago, 14 de Noviembre de 2024

A partir de la ley N°21.716

Se extiende vigencia de algunas disposiciones transitorias de la Ley de Cumplimiento de Obligaciones Tributarias

  • Entre ellas está la Repatriación de Capitales y la norma sobre término anticipado de juicios, que amplían su vigencia desde el 30 de noviembre al 31 de diciembre de 2024.

Fue publicada en el Diario Oficial la ley N° 21.716, que extiende la vigencia de algunas disposiciones transitorias incluidas en la Ley de Cumplimiento de Obligaciones Tributarias.

La ley amplía el plazo desde el 30 de noviembre al 31 de diciembre de 2024, del sistema voluntario y extraordinario de declaración de bienes o rentas que se encuentren en el extranjero (repatriación de capitales), y que no hayan sido oportunamente declarados o gravados con los tributos correspondientes en Chile. 

Se establece también hasta 31 de diciembre el plazo para que los contribuyentes que mantengan gestiones judiciales pendientes por reclamos de giros o liquidaciones de tributos ante Tribunales Tributarios y Aduaneros, Cortes de Apelaciones o Corte Suprema, puedan solicitar por una única vez, el término anticipado de esos juicios.

Entre otras normas, esta ley prolonga por 90 días siguientes a su publicación, la posibilidad de suscribir convenios de pago preferentes de hasta 48 cuotas sin pie, intereses ni multas con la Tesorería General de la República (TGR).

También incorporó un nuevo artículo transitorio que establece una norma especial de vigencia para el Artículo 16, que se refiere al arancel aduanero aplicable a importaciones de hasta US$ 500 a pagar por encomiendas, envíos postales, envíos de entrega rápida entre otros, con el objetivo de armonizarlo con la vigencia de las modificaciones incorporadas por la Ley 21.713 en materia de IVA.  Ello con el objetivo que entre en vigencia al mismo tiempo que las modificaciones de IVA contenidas en dicho artículo.

Ver Ley.