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Santiago, 22 de Octubre de 2024

Información sobre cantidad de transferencias bancarias:

"Con esta norma el SII busca detectar a quienes realizan comercio informal y no están pagando los impuestos que corresponden"

  • La Subdirectora de Fiscalización del SII explicó que con la información que reciba de las entidades financieras, el Servicio realizará los análisis y cruces con otros antecedentes disponibles, para detectar a quienes están operando en la informalidad.
  • Aclaró que esta norma no está focalizada en actividades como las del tesorero del curso, rifas solidarias, cuotas de actividades sociales o familiares, o para quien recauda fondos de una comunidad para pago de servicios comunes.

La Subdirectora de Fiscalización del SII, Carolina Saravia, se refirió hoy a la obligación que tendrán las instituciones financieras, de informar al Servicio sobre cuentas que reciban más de 50 transferencias de personas distintas en un mes, o bien, más de 100 transferencias de personas distintas en 6 meses, información que deberá ser remitida de manera semestral, dentro de los meses de julio y enero, respecto del semestre inmediatamente anterior. 
 
Precisó que la información que reciba el SII es un elemento con que la institución podrá realizar análisis y detectar a quienes realizan actividades comerciales por las cuales deberían estar pagando impuestos. Luego de ese análisis, se realizarán las fiscalizaciones que correspondan en los casos en que existan indicios claros de incumplimiento tributario o de comercio informal.
 
“Lo que busca la norma es poder detectar a aquellos contribuyentes que están actuando en la informalidad y que no están pagando los impuestos que corresponden, pero para eso nosotros no solo tomamos la información de los bancos, sino que tomamos otros antecedentes con los que contamos, para focalizar nuestros esfuerzos en quienes presentan mayores riesgos de incumplimiento”, explicó Carolina Saravia.
 
En este sentido, la Subdirectora de Fiscalización sostuvo que, si alguien realiza un negocio a través de redes sociales, pero no tiene inicio de actividades, no entrega boleta a sus compradores, en este caso sí será sujeto de la fiscalización del Servicio, porque lo que nos interesa es que “quienes realizan una actividad que genera ingresos, cumpla con la normativa vigente, es decir, que cuente con inicio de actividades, emita los documentos tributarios correspondientes y pague los impuestos que corresponden”.
 
Por el contrario, explicó que el foco de esta norma no está orientada a aquellas personas que no realizan una actividad comercial, pero que registran un alto número de transferencias por actividades como tesorero del curso, realizar rifas solidarias, recibir cuotas de actividades sociales o familiares, o para quien recauda fondos de una comunidad para pago de servicios comunes.
 
Saravia reiteró que “esta es una norma que busca fiscalizar la informalidad. No buscamos fiscalizar las relaciones que pueda haber entre las personas, donde existan transferencias electrónicas. Antes de programar una fiscalización, vamos a considerar diferentes elementos en nuestros análisis”.
 
Finalmente, recordó  que “si una persona realiza una actividad comercial, debe formalizarse, emitir boleta y pagar los impuestos que correspondan. En el sitio web del SII podrá encontrar toda la información para cumplir con estos trámites”.