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Santiago, 6 de Agosto de 2025

El fallo en primera instancia fue del TTA de Biobío y Ñuble, en marzo de 2024:

Corte de Apelaciones de Concepción acoge postura del SII y confirma fallo favorable sobre aplicación de la norma general antielusión

  • De esta forma, ratificó que la empresa Forestal Aurora SpA incurrió en elusión, al usar indebidamente una tasa rebajada de impuestos.
  • La diferencia de impuestos determinada por el SII asciende a más de $3.000 millones, más reajustes, intereses y multas.

La Corte de Apelaciones falló a favor de la posición del Servicio de Impuestos Internos y rechazó los recursos presentados por la Forestal Aurora SpA en contra de la decisión del Tribunal Tributario y Aduanero de la Región del Biobío y de Ñuble, que había establecido en marzo de 2024 la existencia de elusión tributaria mediante el abuso de formas jurídicas para rebajar su carga tributaria en forma indebida.
 
Concretamente, la Corte reiteró el uso indebido de una tasa de impuesto adicional de 4% por parte de la forestal, respecto del pago de intereses a instituciones financieras internacionales o extranjeras, en circunstancias que la operación de financiamiento cuestionada fue dentro del mismo grupo económico.
 
En este sentido, planteó que resulta necesario revisar “si la conducta de la contribuyente, y el grupo económico, ha sido lo normal y corriente en esta clase de operaciones, con una legítima razón de negocios, o si, por el contrario, la serie de actos solamente tuvieron por objeto eludir impuestos”, concluyendo que el efecto de la constitución de la entidad financiera fue meramente tributario, lo que resultaría suficiente para desestimar el recurso de apelación.
 
La diferencia de impuestos determinada por el SII asciende a más de $3.000 millones, más reajustes, intereses y multas.
 
Frente a este fallo, que constituye el primero que se dicta en el país por una Corte de Apelaciones aplicando la Norma General Antielusión, la Directora (S) del SII, Carolina Saravia, destacó que “como Servicio, utilizaremos todas las herramientas que nos entrega legislación vigente en Chile para combatir la evasión, la informalidad y la elusión, que impactan negativamente en nuestra sociedad. Un ejemplo es el trabajo que hemos desarrollado con la Norma General Antielusiva, donde hemos presentado 55 requerimientos desde su entrada en vigencia en 2015”.
 
Añadió que “este fallo es una señal muy clara de que como país no aceptaremos conductas que lesionen el sistema tributario y además es un reconocimiento al trabajo técnico desarrollado por nuestros equipos, que ha permitido detectar a quienes, con el único fin de obtener ventajas indebidas, usan esquemas tributarios para eludir el correcto cumplimiento de sus obligaciones tributarias. De esta forma, se establece una diferencia con aquellos contribuyentes que mantienen un correcto comportamiento tributario”.
 
Por su parte, el Subdirector Jurídico del SII, Marcelo Freyhoffer, destacó que “el fallo de la Corte confirma que en este caso, la elusión tributaria se configura por la ‘artificiosidad’ de la creación de una institución financiera internacional por parte de la misma empresa, que no tuvo sentido más allá del meramente tributario”. Además, valoró la decisión de la Corte y señaló que “constituye una señal muy relevante para el país respecto de que las definiciones adoptadas por nuestro Servicio, basadas en estrictos criterios técnicos y apego a la normativa vigente, para perseguir a quienes busquen dañar el sistema tributario, están rindiendo frutos”.
 
Requerimientos ante los TTA
Desde 2015 (fecha de entrada en vigencia de la NGA) a diciembre de 2024, el SII presentó 46 requerimientos ante los TTA, por un perjuicio fiscal de $76,6 mil millones.
 
En el primer trimestre de este año, en tanto, la institución había presentado 9 nuevos requerimientos, con un perjuicio fiscal total de $19,7 mil millones.