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Santiago, 8 de Abril de 2025

Ley N°21.713 modificó el procedimiento para su suscripción:

Acuerdos Anticipados de Precios de Transferencia han permitido al SII asegurar una recaudación de más de US$ 647 millones

  • Chile es el país latinoamericano con el mayor número de solicitudes presentadas y acuerdos suscritos bajo los lineamientos de la OCDE, lo que demuestra la confianza de los contribuyentes en el SII.

A partir de los cambios incorporados en la Ley 21.713, sobre cumplimiento de las obligaciones tributarias, el Servicio de Impuestos Internos actualizó el procedimiento establecido para la  presentación de solicitudes  de  acuerdos Anticipados de Precios de Transferencias (APAs) que pueden suscribir los contribuyentes que realicen operaciones con partes relacionadas ubicadas en el exterior, mediante la resolución exenta N°28, de marzo de 2025.
 
Los APAs son acuerdos colaborativos y preventivos a solicitud del contribuyente y que buscan fijar de forma anticipada respecto a todas o partes de las operaciones que se llevan a cabo entre empresas relacionadas, en los que se fijan una serie de criterios sobre los cuales se determinan los precios, valores, rentabilidades con una vigencia de 5 años contados desde la suscripción de los mismos e incluso las empresas con el acuerdo del SII pueden aplicarlo a 3 periodos tributarios anteriores a la firma, es decir de manera retroactiva.
 
Para el Director del SII, Javier Etcheberry, “la certeza jurídica y tributaria que ofrece a los contribuyentes este tipo de herramientas, contribuye a contar con un entorno fiscal favorable para la inversión, y ayuda a mejorar la relación entre contribuyente y el Servicio de Impuestos Internos, evitando largas y costosas fiscalizaciones posteriores a la realización de determinada transacción”. 
 
Por su parte, la Subdirectora de Fiscalización, Carolina Saravia, explicó que “una de nuestras prioridades es asegurar y acompañar el cumplimiento tributario de los contribuyentes, a través de la aplicación de una serie de medidas preventivas y de facilitación, que buscan prevenir el incumplimiento, entregando mayores facilidades para que los contribuyentes puedan cumplir de manera simple y en especial, correcta, con sus obligaciones tributarias. Una de esas medidas es, precisamente, la posibilidad de firmar Acuerdos Anticipados de Precios de Transferencia”.
 
Beneficios de su aplicación
En los últimos años, se han recibido 36 solicitudes de suscripción de este tipo de acuerdos, de las cuales 17 se encuentran firmados (con contribuyentes del sector del retail, la minería y la industria alimentaria entre otros), 14 se encuentran en revisión, 2 fueron desistidos y 3 rechazados, básicamente, porque el SII consideró que el marco propuesto por los contribuyentes no cumplía con las condiciones de mercado vigentes y se espera la presentación de varios acuerdos adicionales desde que ha entrado en vigencia el Convenio para evitar la doble tributación entre Chile y Estados Unidos.
 
Los 17 Acuerdos Anticipados de Precios de Transferencias firmados a la fecha han permitido al SII asegurar una recaudación de US$ 647.094.335, equivalentes a $317.063.953.985.
 

Cabe destacar que Chile es el país latinoamericano con el mayor número de solicitudes presentadas y acuerdos suscritos bajo los lineamientos de la OCDE, lo que demuestra la confianza de los contribuyentes en nuestra institución, lo que se grafica de la siguiente manera:

Gráfico El contenido generado por IA puede ser incorrecto.


 
El Director del SII agregó que este tipo de herramientas “nos permite conocer anticipadamente la recaudación tributaria que involucra determinada operación y enfocar los esfuerzos de control de manera más eficiente, en quienes deliberadamente no quieren cumplir con sus obligaciones tributarias”.
 
Para la Subdirectora Saravia, “este mecanismo tiene también especiales beneficios para los contribuyentes, dado que les entrega claridad respecto de temas como la cantidad de impuestos que les corresponde pagar sus transacciones por partes relacionadas”.
 
Nuevo procedimiento
Los cambios incorporados al procedimiento de los APAs por la Ley de Cumplimiento de las Obligaciones Tributarias, refuerzan los beneficios de esta herramienta, ya que por ejemplo, se agrega la opción de que el contribuyente presente una “consulta previa”, para que antes de la presentación de la solicitud formal el Servicio se pronuncie la viabilidad de presentar una solicitud de APA sobre determinadas operaciones, verificándose solo elementos de forma sin pronunciarse respecto al fondo.
 
También se especificaron los antecedentes que deben ser acompañados a la solicitud con la finalidad de dar celeridad y eficacia al procedimiento, se amplía el plazo de vigencia de los acuerdos de 4 a 5 años y dicho plazo ya no se cuenta desde la solicitud sino que desde su suscripción alineándose nuestra norma interna con los criterios OCDE y la práctica internacional, pudiendo incluso aplicarse de manera retroactiva si es que así es acordado entre los contribuyentes y la administración tributaria.
 
Un punto muy importante que mantuvo la reforma son los tipos de APA que se pueden suscribir por parte del Servicio de Impuestos Internos, los que pueden ser entre el contribuyente local y el SII, denominados acuerdos unilaterales, o bien pueden incluir a otras administraciones tributarias, en acuerdos bilaterales o multilaterales. En estos casos, ya sean acuerdos unilaterales, bilaterales o multilaterales, además, participa en el proceso y se suscriben en conjunto con el Servicio Nacional de Aduanas cuando la operación involucra la importación de mercancías.

Del mismo modo, tanto la Ley 21.713 como la nueva resolución definen que, para verificar que las empresas cumplan con lo acordado con la Administración tributaria, las compañías deben entregar un informe anual que d cuenta de la aplicación de lo acordado.
 
Con las modificaciones definidas en esta resolución, el SII amplía sus herramientas para asegurar el adecuado cumplimiento de este tipo de acuerdos, además de fortalecer la certeza tributaria para los contribuyentes, al incorporar opciones como la consulta previa.