Santiago, 22 de Septiembre de 2025
Entra en vigencia en octubre de 2025:
Servicio de Impuestos Internos se prepara para la aplicación del IVA a las ventas de bienes ubicados en el extranjero por hasta 500 dólares
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La institución ha desplegado un intenso trabajo para contactar a las principales plataformas con mayor alcance en Chile, para aclarar sus dudas e incentivarlos a inscribirse en el sistema simplificado de tributación, opción que ya está disponible en el sitio web del SII.
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Entre las plataformas que explican las mayores transacciones de este tipo en el país, destaca Aliexpress, con el 78% del total de estas operaciones, según información de los reportes de pago de tarjetas bancarias recibidas por el SII.
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Hasta hoy, importaciones de hasta 41 dólares eran internadas sin IVA y sin pagar aranceles, llegando millones de pequeños paquetes a Chile, en tanto que los paquetes con un valor superior a dicho valor debían pagar el IVA en la importación.
El Servicio Impuestos Internos se prepara para la aplicación del IVA a la venta de bienes ubicados en el extranjero, realizadas de forma remota, por hasta 500 dólares, modificación legal establecida en la Ley N°21.713 sobre Cumplimiento de las Obligaciones Tributarias, medida que entrará en vigencia el próximo 25 de octubre.
Con este objeto, la institución ya publicó las instrucciones para que las plataformas de intermediación extranjeras puedan inscribirse en este sistema simplificado de tributación, mediante la
resolución N°84 de 2025,por lo que dichos comercios ya están iniciando su inscripción. Por otro lado, el procedimiento de declaración y pago del IVA en las compras de bienes de hasta 500 dólares, quedó establecido en la
resolución N°93,de este año.
Para la preparación de la aplicación de esta modificación legal, el SII ha mantenido reuniones de coordinación y trabajo con los diversos actores involucrados en este proceso, entre ellos el Servicio Nacional de Aduanas, Correos de Chile, empresas de courier, además de representantes de las principales plataformas internacionales de e-commerce, para responder a sus inquietudes e informar los pasos a seguir para dar cumplimiento a la normativa.
La Directora (S) del Servicio de Impuestos Internos, Carolina Saravia explicó que “con el objeto de garantizar una exitosa implementación de esta medida, hemos desplegado un intenso trabajo para contactar y reunirnos especialmente con los representante de las principales plataformas extranjeras de intermediación, con mayor alcance en Chile, para aclarar sus dudas e incentivarlos a inscribirse en este régimen simplificado para cumplir correctamente con el pago del IVA de estas operaciones de hasta 500 dólares”.
Dimensión del fenómenoHasta hoy, los bienes de hasta 41 dólares eran importados sin IVA y sin pagar aranceles asociados a la importación. Así, millones de pequeños paquetes llegaban a Chile, adquiridos en algunas de estas plataformas digitales haciendo uso de la exención, y presumiblemente incentivando el comercio informal y la evasión de IVA y de Renta.
Se debe considerar que, de acuerdo a la información del Servicio Nacional de Aduanas, durante 2024 ingresaron al país 50 millones de paquetes por un monto declarado igual o menor a 41 dólares (mediante servicios de courier y Correos de Chile), los que representan más del 94% del total de envíos recibidos durante el año.
La Directora (S) del SII, Carolina Saravia, explicó que con la modificación legal que entra en vigencia el 25 de octubre de 2025 “más que la eliminación de una exención, lo que se busca es disminuir la evasión de IVA que puede producirse en la internación de los millones de paquetes que llegan a Chile cada año, muchos de los cuales pueden destinarse al comercio informal, afectando a comerciantes chilenos a través de una competencia desleal, pero además simplificando el proceso de compra hasta 500 dólares para aquellas personas que compran para su uso personal”.
Al revisar la información proveniente de instituciones financieras proveedoras de tarjetas de pago, sobre compras remotas de personas en comercios sin domicilio ni residencia en Chile, y cuyo valor sea igual o menor a 500 dólares, entre enero de 2023 a junio de 2024, se pudo concluir que:
- Se registraron más de 23 millones de transacciones a través de 333 comercios o plataformas de intermediación, por un monto superior a los USD $642 millones.
- Entre las plataformas que registran los mayores números de transacciones destaca Aliexpress, con el 78% y con el 53% en termino de montos de las ventas.
- Las plataformas que le siguen representan, cada una, un porcentaje menor al 5% de las transacciones. El detalle de las 10 plataformas que explican los mayores montos por estas ventas, son las siguientes:
Plataformas o comercios | N° de Transacciones | Monto Ventas en USD |
ALIEXPRESS | 18.149.285 | 343.615.862 |
AMAZON | 1.016.142 | 69.087.295 |
EBAY | 594.171 | 47.796.495 |
SHEIN | 658.520 | 32.240.110 |
ALIBABA | 60.083 | 9.356.616 |
WAL-MART | 116.800 | 8.046.149 |
GRUPO INDITEX | 99.026 | 6.486.529 |
WISH | 264.471 | 5.028.856 |
ROCK AUTO LLC | 25.164 | 4.216.537 |
TEMU | 147.267 | 4.004.094 |
Principales modificaciones Para la implementación de esta nueva obligación tributaria, el SII publicó en abril de este año la
Circular N°39, que estableció las instrucciones para la aplicación del IVA a la venta de bienes ubicados en el extranjero, que tengan como destino Chile.
La Ley de Cumplimiento de las Obligaciones Tributarias estableció que quedarán afectos a IVA los bienes ubicados en el extranjero comprados de forma remota por un consumidor final, a través de una plataforma o de un comercio digital, siempre que el bien tenga como destino nuestro país y su valor no supere los 500 dólares o su equivalente en moneda nacional.
Además, considera a la plataforma de intermediación como vendedora, por lo que, si la venta se realiza por esa vía, le corresponderá a la plataforma retener y pagar el IVA en arcas fiscales, mediante la inscripción ante el SII.
En síntesis, las reglas de este nuevo sistema, en términos generales, son las siguientes:
- La recaudación de IVA en los envíos internacionales de bienes de bajo valor (hasta 500 dólares) se modifica conceptualmente, dejando de gravar estos envíos en su importación y gravándolos ahora como “venta”.
- Para evitar la doble tributación con IVA, se establece que la importación estará exenta de IVA si el impuesto fue cobrado efectivamente por el vendedor o plataforma en la venta remota.
- Cuando en los envíos internacionales no se recargue el IVA conforme a lo anterior, su cobro se mantiene en la importación, donde además deberán cumplir con el procedimiento establecido por el Servicio Nacional de Aduanas.
Beneficios de comprar mediante una plataforma inscritaA partir de octubre, estas serán las principales diferencias, para el consumidor final, entre comprar por una plataforma inscrita, o hacerlo por una no inscrita.
Plataforma inscrita | Plataforma no inscrita |
Al vender un producto de hasta 500 dólares a una persona ubicada en Chile, la plataforma o comercio cargará el 19% equivalente al IVA aplicado al valor final a pagar (incluyendo todos los costos asociados a su envío). | Si la compra se realiza a través de una plataforma o comercio extranjero no inscrito: La compra se realizará sin el correspondiente pago de IVA al momento de la venta. |
Al llegar a Chile, la compra estará exenta de: - Aranceles aduaneros - Pago del IVA a la importación | Al llegar al país, el consumidor deberá pagar: -El IVA a la importación. Además, deberá cumplir con el procedimiento establecido por Aduanas. |
La compra será liberada desde Aduanas en forma expedita, dado que no deberá realizar ningún trámite adicional de cobro. | La liberación de la compra demorará un tiempo adicional en Aduanas, dado que deberá cumplir con el pago del IVA a la importación además del procedimiento establecido por Aduanas. |
*Los productos que requieran autorizaciones especiales, como sanitarias o aquellos gravados con impuestos específicos, deberán cumplir con todo el proceso de importación tradicional.