Home> Boletín Técnico> BOLETÍN TÉCNICO N° 69 COMPLEMENTO DEL BOLETIN TECNICO N°60 "CONTABILIZACION DEL IMPUESTO A LA RENTA E IMPUESTOS DIFERIDOS" INTRODUCCIÓN
IMPUESTO DIFERIDO ORIGINADO POR LA CONTABILIZACIÓN DE LA RESERVA FORESTAL Antecedentes
AMORTIZACIÓN DE LAS CUENTAS COMPLEMENTARIAS DE ACTIVOS Y PASIVOS POR IMPUESTOS DIFERIDOS Antecedentes04. De acuerdo con lo establecido en el párrafo 30 c) del Boletín Técnico N° 60, las cuentas de activo y pasivo complementarias, son amortizadas con cargo o abono, respectivamente, al gasto por impuesto a la renta del año, en un plazo promedio ponderado de reverso. Dicho plazo es calculado individualmente para las cuentas de activo y pasivo complementarias, en función del plazo estimado de reverso de las diferencias temporarias que dieron origen a los respectivos activos y pasivos por impuestos diferidos. 05. En el caso presentado como ejemplo en el Anexo B del Boletín Técnico N° 60, el plazo promedio ponderado de reverso utilizado para la amortización de las cuentas de activo y pasivo complementarias, se determina agrupando las diferencias temporarias según hayan originado activos de corto plazo, activos de largo plazo, pasivos de corto plazo y pasivos de largo plazo. Opinión 06. Con el objeto de hacer más preciso el cálculo de las amortizaciones de las cuentas de activo y pasivo complementarias, dichas cuentas complementarias deberán ser amortizadas individualmente en función de un plazo de reverso determinado para cada cuenta de activo y pasivo complementaria. Para esto, cada cuenta de activo y pasivo complementaria se amortizará en función del plazo estimado de reverso de la respectiva diferencia temporaria que dio origen a la respectiva cuenta de activo y pasivo por impuestos diferidos. APROBACIÓN DE LA COMISIÓN DE PRINCIPIOS Y NORMAS DE CONTABILIDAD Este Boletín ha sido preparado por la Comisión de Principios y Normas de Contabilidad del Colegio de Contadores de Chile A.G., en la que participan representantes de la profesión, de la Confederación de la Producción y del Comercio A.G., y de diversas universidades, y ha sido aprobado con el voto afirmativo de todos sus miembros: Mario Muñoz V. Presidente
Víctor Beltramín H.
Miguel Angel Salinas B. Howard P. Keefe McD., Director Técnico APROBACIÓN DEL H. CONSEJO NACIONAL El presente Boletín N° 69 sobre "Complemento del Boletín Técnico N° 60 Contabilización del Impuesto a la Renta e Impuestos Diferidos" fue aprobado por el Honorable Consejo Nacional del Colegio de Contadores de Chile A.G. en su sesión ordinaria del 28 de marzo de 2000, de conformidad a las atribuciones contenidas en la letra h) del Artículo 13 de los Estatutos del Colegio (Art. 13° letra g) de la Ley N°13.011), y acordó hacer obligatoria la aplicación de las normas contenidas en este Boletín para los estados financieros iniciados a contar del 1° de enero del año 2000. FERNANDO POBLETE VELASQUEZ ANTONIO CASTILLA PEREZ Secretario General Presidente Nacional |