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5 de Mayo de 2000 |
Declaraciones sin pago vía Internet |
El Servicio de Impuestos Internos recuerda a los contribuyentes, que el 9 de mayo próximo está establecido como fecha tope para la recepción de las declaraciones de Impuestos a la Renta sin pago que sean presentadas al organismo vía Internet, con la respectiva condonación de multas. Por ello, formula un llamado a quienes aún no cumplen con esta obligación, a que realicen el trámite por Internet lo antes posible y evitar de este modo congestiones en la red. Se reitera que esta prórroga rige exclusivamente para quienes presenten por esta vía electrónica declaraciones que no involucren pago de impuestos, puesto que el plazo para presentar declaraciones con pago utilizando Internet, así como para efectuar el trámite a través de formularios de papel en los bancos e instituciones financieras, venció el martes 2 de mayo. Asimismo, y frente a algunas consultas efectuadas al respecto, se informa que ya no es posible reemplazar Declaraciones de Renta ya efectuadas por Internet, puesto que el plazo para efectuar esta operación expiró el 2 de mayo. Si desea rectificar y/o modificar la declaración enviada, lo podrá hacer próximamente en este sitio web. Finalmente, y tal como se había anunciado anteriormente, las devoluciones solicitadas en declaraciones sin errores que fueron presentadas a través de Internet hasta el 2 de mayo, serán revisadas con anticipación y cursadas en la primera emisión del 19 de mayo. En cambio, las devoluciones solicitadas por Internet entre el 3 y el 9 de mayo serán despachadas el 30 del mismo mes. |