Home | Santiago, 5 de Marzo de 2001 |
Primera Etapa de Operación Renta 2001: |
S.I.I. Llama a Empresas a Presentar Declaraciones Juradas Vía Internet |
Organismo ofrece en su página web software gratuito para que contribuyentes realicen el trámite directamente desde su propio computador. |
El Servicio de Impuestos Internos formuló un llamado a todas las empresas y agentes retenedores que este mes deben presentar las Declaraciones Juradas con información sobre los sueldos, remuneraciones, dividendos, retiros y otras rentas canceladas a los contribuyentes durante el año pasado, a efectuar este trámite a través de Internet, aprovechando las ventajas de seguridad y ahorro de tiempo que representa el sistema. El uso de Internet disminuye la posibilidad de cometer errores, evitando citaciones posteriores a sus empleados, clientes y proveedores. El S.I.I. recordó que están a disposición de los contribuyentes softwares gratuitos para confeccionar y enviar las declaraciones, los que se pueden descargar fácil y rápidamente desde la página web del organismo al computador del interesado. Al disponer de estos softwares en su propio PC las empresas pueden elaborar sus Declaraciones Juradas cuando lo deseen, reduciendo significativamente los costos telefónicos ya que no se requiere estar conectado a la página web del S.I.I. mientras se confeccionan los formularios. Los softwares contienen un mecanismo de chequeo automático que verifica la consistencia formal y aritmética de las declaraciones y que, en caso de detectar errores, permite corregirlos a tiempo, sin tener que repetir el trámite ni pagar las multas correspondientes. Con ello se evitan errores de llenado de los formularios y los consiguientes problemas y citaciones posteriores a proveedores, clientes y empleados respecto de los que se está entregando información. Los agentes informantes que presenten las declaraciones Juradas vía internet no tendrán la obligación de enviar al domicilio del informado los certificados asociados a la declaración jurada y de paso le ahorrarán a sus empleados y clientes el engorroso trámite de reunir estos certificados de cada retenedor (empresas, bancos, AFP, Bolsa, por ejemplo) para respaldar la confección de su declaración, ya que esta información estará disponible en el web del Servicio en abril.
Quienes deben presentar Declaraciones Juradas Todas las empresas y retenedores deben presentar en el mes de marzo ante Impuestos Internos las Declaraciones Juradas con información sobre los sueldos, dividendos, retiros, retenciones y otras |
rentas canceladas a los contribuyentes durante el año pasado, antecedentes que posteriormente sirven de base para la fiscalización de las declaraciones en la Operación Renta. Para ello existen 21 tipos de formulario distintos cuyos plazos máximos de presentación varían entre el 21 de febrero y el 30 de marzo. El año pasado ingresaron directamente a la base de datos del S.I.I. vía Internet 441.000 declaraciones juradas, lo que representó más del 95% de toda la información asociada al proceso y significó que utilizaron este mecanismo las empresas de mayor tamaño, con más personal y con niveles más altos de facturación.
Más plazo para declarar vía Internet Las empresas y retenedores que envíen sus Declaraciones Juradas vía Internet podrán consultar el detalle y totales de la información remitida, lo que implica que además de mantener estos antecedentes en su computador, los podrán revisar directamente en las bases de datos del Servicio. Además, pueden entregar la información sin limitaciones de horario, todos los días, sean éstos sábados, domingos o festivos, y sin tener que concurrir al S.I.I. con lo que se ahorran tiempos de traslado y espera. En cambio las declaraciones presentadas en formularios de papel deberán ser entregadas exclusivamente en la Unidad del S.I.I. que corresponda al domicilio de la empresa o institución declarante, en días hábiles y hasta las 14:00 horas. Al usar Internet existe la opción de declarar hasta una semana después del vencimiento legal de los plazos establecidos, condonándose las multas que correspondan. Ello es posible al traspasársele al contribuyente parte de los ahorros de tiempo obtenidos producto de la automatización de los procesos. Este beneficio rige sólo para los contribuyentes que declaren vía Internet. Por último, también se libera de la obligación de mantener una copia de la Declaración Jurada. |