En
una demostración concreta de las ventajas que tiene para los contribuyentes el uso de
Internet con propósitos tributarios, el SII anunció hoy que en la Operación Renta de
abril próximo confeccionará gratuitamente la declaración de impuestos a alrededor de un
millón de personas naturales, aprovechando la información que tiene en su base de datos
sobre los sueldos, remuneraciones, dividendos, retiros y otras rentas canceladas a los
contribuyentes durante el año pasado. El organismo fiscalizador precisó que si el interesado está de acuerdo con los
datos de esta declaración prehecha que aparecerá en la pantalla de su computador vía
Internet, sólo tiene que confirmarla a través de un clic y su obligación estará
cumplida.
PLAZOS PARA PRESENTAR LA
DECLARACIÓN
Se estima que en el marco de la
Operación Renta 2001 más de 1 millón 950 mil contribuyentes deberán presentar su
declaración de impuestos por los ingresos que obtuvieron el año pasado, la que puede ser
enviada a través de INTERNET o ser presentada en los bancos e instituciones recaudadoras
utilizando el formulario 22 en papel.
Las declaraciones de renta
correspondientes al período o ejercicio comercial finalizado al 31 de diciembre del 2000
deben ser presentadas entre los días 1 y 30 de abril próximos, en las entidades
bancarias y financieras autorizadas. Sin embargo, quienes presenten su declaración vía
Internet podrán hacerlo hasta el miércoles 9 de mayo, siempre y cuando estas
declaraciones no involucren pago de impuestos.
Hay que considerar que después del IVA
el Impuesto a la Renta es el que mayores recursos proporciona a las arcas fiscales,
llegando el año pasado a un monto de $2 billones 68.636 millones, lo que representa un
31% de los ingresos tributarios.
QUIENES DEBEN DECLARAR
-Las empresas en general, por los
ingresos provenientes de sus respectivas actividades.
-El empresario individual o socios de
sociedades de personas que hayan efectuado retiros en dinero o especies de las empresas.
-Trabajadores activos, jubilados o
montepiados que hayan percibido en el año 2000 renta de dos o más empleadores,
habilitados o pagadores, simultáneamente.
-Profesionales y personas que
desarrollaron ocupaciones lucrativas independientes, por los honorarios percibidos.
-Agricultores que exploten un predio propio o en arrendamiento.
-Mineros de mediana importancia, de
acuerdo con una presunción de renta, o renta efectiva.
-Personas que exploten vehículos
motorizados destinados al transporte de pasajeros o carga ajena, con renta presunta o
efectiva.
-Trabajadores y pequeños contribuyentes
que recibieron dividendos de acciones, intereses de depósitos y otras rentas de capitales
mobiliarios superiores a $552.000.
-Trabajadores y pequeños contribuyentes
que por venta de acciones de sociedades anónimas abiertas obtuvieron un mayor valor
superior a $552.000 y rescate de cuotas de fondos mutuos accionarios superior a $828.000.
-Personas que entreguen bienes raíces
agrícolas en arrendamiento, subarrendamiento, etc.
-Propietarios y usufructuarios de bienes
raíces no agrícolas (o sea vivienda u otros) entregados en arrendamiento,
subarrendamiento, etc., y cualquiera otra explotación de dichos bienes efectuada por
persona en una calidad distinta. No quedan sujetos a impuesto y por ende a declaración,
las viviendas destinadas al uso del propietario y su familia y otras.
-Los directores o consejeros de
sociedades anónimas por las participaciones, dietas u otras asignaciones percibidas
durante el 2000.
-Las personas naturales que el año
pasado recibieron en forma extraodinaria el anticipo de la devolución de impuestos
correspondientes a la Operación Renta 2001.
PERSONAS NO OBLIGADAS A
PRESENTAR DECLARACIÓN ANUAL
Los contribuyentes personas naturales
cuya renta neta global por todo el año 2000, debidamente actualizada, haya sido igual o
inferior a $3.312.000 NO ESTAN OBLIGADAS A DECLARAR Impuesto Global Complementario por
este año, sin perjuicio de los impuestos de categoría que les corresponda.
-Tampoco declaran las personas que
obtuvieron sueldos o pensiones de un solo empleador, habilitado o pagador, y que no
reciban otras rentas - ya que se les ha descontado por planilla el impuesto único a la
renta mes a mes - y que no hayan efectuado inversiones con derecho a devolución de
impuestos.
-Ni los pequeños contribuyentes, es
decir, comerciantes ambulantes o estacionados en la vía pública con permiso municipal;
los suplementeros afectos al Impuesto Único y los mineros artesanales cuyo Impuesto
Único ha sido retenido por los compradores de minerales.
NOVEDADES EN OPERACIÓN RENTA
2001
Declaración Prehecha
El SII aumentará este año los
servicios y beneficios que entrega a través de la red computacional INTERNET, con el fin
de que los contribuyentes aprovechen las ventajas de seguridad, simpleza y ahorro de
tiempo que representa el sistema.
En este marco, ofrecerá a los
contribuyentes una propuesta de declaración confeccionada con los antecedentes de que
dispone en sus bases computacionales. Si el interesado está de acuerdo con los datos de
esta declaración prehecha que aparecerá en la pantalla de su computador, sólo tiene que
confirmarla con un clic y su obligación estará cumplida.
Si el contribuyente detecta que la
información disponible respecto de su situación personal es incorrecta o falta algún
dato, podrá corregirla o complementarla en pantalla con los antecedentes respectivos,
luego de lo cual el sistema le ofrecerá una nueva versión de la declaración para su
aprobación final.
La declaración prehecha estará
disponible aproximadamente para el millón de personas naturales contribuyentes de Segunda
Categoría que tienen una estructura de ingresos más simple, pero no para aquellos que,
por ejemplo, tienen dos sueldos, están acogidos a los beneficios del DFL-2 que permite
descontar los dividendos, o tienen participaciones en sociedades con renta presunta,
llevan contabilidad y otras situaciones especiales para las cuales nobasta con la
información que está disponible en el SII.
De todos modos, para estos casos
especiales habrá un software gratuito mejorado gracias al cual, a diferencia del año
pasado, no tendrán que digitar toda la información, pues les permitirá importar datos
desde el servidor del SII y les asistirá en materias como la reliquidación de sueldos y
pensiones o la declaración del beneficio tributario del DFL-2, y sobre esa base el
programa les hará la declaración.
Tampoco podrán optar a este beneficio
de la declaración prehecha las Personas Jurídicas, ya que no es posible para el SII
determinar su base imponible y los resultados de su ejercicio sin conocer sus balances.
Devolución Anticipada
Hay que recordar que están obligados a
presentar declaración en abril los más de 723.000 contribuyentes que recibieron a fines
del año pasado la devolución anticipada de sus excedentes de impuestos correspondientes
a la Operación Renta 2001, que fue una de las iniciativas adoptadas por el Gobierno para
consolidar la reactivación económica.
Quienes recibieron e hicieron efectivo
el beneficio deberán reintegrar estos montos, para lo cual están obligados a efectuar su
declaración anual incluyendo el anticipo con carácter de Impuesto Global Complementario.
Para calcular el reintegro se debe reajustar el monto percibido de acuerdo con el
porcentaje de variación del IPC, anotando la cifra resultante en la línea 20 del
formulario 22.
Otras Novedades de Internet
A parte de borrador de declaración,
seguirán en funcionamiento las 3 alternativas ya aplicadas el año pasado para declarar:
Software Gratuito disponible en el sitio Web del SII; Softwares Certificados a empresas
externas, y a través de un Formulario Electrónico disponible en el Web. En todos los
casos existe un mecanismo automático que chequea la lógica formal y aritmética de la
declaración antes de aceptarla, sugiriendo al interesado dónde puede estar el error para
su corrección inmediata.
Con respecto al pago, seguirá en
funcionamiento el Convenio de Pago Automático de Cuentas que permite al contribuyente que
tenga un convenio con un banco tramitar el pago respectivo descontándolo directamente de
su cuenta corriente. A través de este sistema el año pasado se recaudaron $25.500
millones.
Adicionalmente, algunos bancos
comerciales están implementando un mecanismo de pago electrónico en línea, lo que
agilizará notablemente el sistema ya que no requiere la existencia de un convenio de pago
previo.
Al igual que el año pasado, los
contribuyentes podrán consultar en la página Web del Servicio el detalle de la
información enviada por sus agentes retenedores o informantes a medida que ella se cargue
en las bases de datos del SII. La información recibida vía INTERNET se cargará en forma
inmediata; en cambio, la enviada en papel se incorporará periódicamente en el mes de
Abril.
Al informarse a través de INTERNET, en
general no será necesario que el contribuyente solicite los certificados
correspondientes, ya que podrá disponer en forma inmediata de la información anual sin
perder tiempo de recolección. Sí deberán solicitar los certificados respectivos quienes
necesariamente requieran la información mensual, como por ejemplo los declarantes que
deben Reliquidar Impuesto Único.
Posteriormente, en Internet va a existir
una opción para consultar el resultado de la declaración, independientemente de si ésta
fue presentada en papel o por vía electrónica. Ingresando su RUT y Clave podrá conocer
de inmediato si tiene cheque de devolución o si debe esperar una carta de notificación
en el caso de que su declaración presente errores o inconsistencias. En este último
caso, el contribuyente podrá obtener copia de la carta de notificación con el detalle de
los errores detectados y revisar la información que sobre él existe en las bases de
datos del SII.
Los contribuyentes impugnados o
voluntarios podrán solucionar su problema y generar la respectiva declaración
rectificatoria a través de INTERNET, sin necesidad de concurrir a las oficinas del SII.
La novedad para el año 2001 es que, para los casos descritos del borrador de
declaración, se les propondrá la declaración correcta.
Todos estos servicios de
consulta e interacción a través de INTERNET cuentan con varios niveles de protección
para resguardar la seguridad y confidencialidad de la información, a través del uso del
RUT y claves de acceso. Adicionalmente, cabe señalar que recientemente el SII aprobó el
uso de la firma digital para trámites tributarios, para quienes voluntariamente deseen
utilizar este sistema.
RECOMENDACIONES FINALES
Declare vía INTERNET con lo que se
asegura de no tener problemas de forma y llenado. Además, quienes presenten por esta vía
declaraciones que no involucren pago podrán hacerlo sin limitación de horarios ni de
días hasta el 9 de mayo, con la respectiva condonación de multas.
Para evitarse problemas y demoras en el
envío de los cheques a quienes corresponda percibir devoluciones de impuestos, es
fundamental que se declaren todos los ingresos, sin omitir ninguno.
Las declaraciones de las empresas
presentadas en papel deben efectuarse obligatoriamente exhibiendo el RUT correspondiente,
bastando la Cédula Nacional de Identidad en el caso de las personas naturales.
A quienes tengan derecho a devolución y
sean titulares de una cuenta corriente, de ahorro o a la vista bancarias, se les
recomienda solicitar que dicho remanente les sea depositado directamente en ella, haciendo
uso del recuadro incluido en el Formulario 22, lo que les permitirá contar con los
respectivos fondos inmediatamente después de concluido el proceso computacional.
Todas las declaraciones presentadas en
papel hasta el día 12 de abril y las presentadas vía INTERNET hasta el día 24 de abril
serán revisadas con anticipación. Las devoluciones solicitadas en declaraciones sin
errores serán cursadas por el Servicio de Tesorerías, a través de su depósito en la
Cuenta Corriente, de Ahorro o a la Vista, Bancarias o envío del cheque por Correo, el
día 18 de Mayo de 2001.
El 24 de mayo habrá una emisión
especial de devoluciones de cheques y depósitos solicitados en declaraciones no
objetadas, presentadas entre el 25 y 30 de abril por INTERNET.
La última emisión de devoluciones de
cheques y depósitos solicitados en el resto de las declaraciones no objetadas se
efectuará el 30 de mayo.
Por lo tanto, presente su declaración
por INTERNET o en papel en forma anticipada y sin errores.
FECHAS DE INTERÉS PARA LA OPERACIÓN RENTA 2001 |
Domingo
1 de abril
al Lunes 30 de abril |
Plazo Legal para presentar
la Declaración de Impuestos Anuales a la Renta. |
Después del 6 de abril |
Habilitación aplicación
INTERNET para consulta. |
Después del 6 de abril |
Habilitación aplicación
INTERNET para envío electrónico. |
Miércoles 9 de mayo |
Vencimiento de Plazo
adicional para presenta declaraciones sin pago vía INTERNET. |
Viernes 18 de mayo. |
Devolución de cheques y
depósitos correspondientes a declaraciones no objetadas, presentadas hasta el 12
de abril en papel y hasta el 24 de abril por Internet. |
Jueves 24 de mayo |
Devolución de cheques y
depósitos correspondientes a declaraciones no objetadas, presentadas entre el 25
y 30 de abril por INTERNET. |
Miércoles 30 de mayo. |
Tercera emisión de cheques
y depósitos correspondientes al resto de las declaraciones no objetadas. |
RESULTADOS FINALES DE LA OPERACIÓN RENTA 2000 |
Conceptos |
Casos
(Nº) |
Montos
(MM$ de Marzo 2001) |
Declaraciones Renta |
1.866.326 |
(253.439) |
Con Pago |
172.750 |
474.845 |
Con Devolución |
1.282.764 |
(728.284) |
Calzadas |
410.812 |
|
Un ahorro para el fisco
de $14.965 millones registra a la fecha el balance de la Operación Renta 2000 en la
fiscalización de las declaraciones de impuestos. Ello, producto de menores devoluciones
derivadas de la fiscalización directa de las declaraciones recibidas en el proceso y como
consecuencia de la aplicación de planes especiales de control generados para detectar a
los No Declarantes; es decir, contribuyentes que de acuerdo con la información disponible
están obligados a presentar declaración, pero no cumplen con éste trámite. |