Home Santiago, 12 de  Julio de 2001
Hasta diciembre del 2002:

Suspenden norma que estableció nuevos requisitos para uso de crédito fiscal IVA

Acuerdo unánime de la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados para aprobar indicación en tal sentido.


El Presidente de la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados, Eugenio Tuma, y el Director del Servicio de Impuestos Internos, Javier Etcheberry, anunciaron hoy la presentación de una indicación que suspende hasta el 31 de diciembre del 2002 la aplicación de la norma que estableció que para hacer uso del derecho de crédito fiscal, las empresas deben pagar a sus proveedores un monto equivalente a lo menos al IVA que grava la respectiva operación.

La modificación del mecanismo de uso del crédito fiscal del IVA fue aprobada en la ley contra la evasión tributaria, donde se estableció que en las operaciones realizadas a partir de julio de 2001, sólo darán derecho a crédito fiscal aquellas facturas y notas de débito en la cuales se haya recargado el impuesto correspondiente y que se encuentren pagadas al vendedor o prestador del servicio, al menos en una fracción equivalente al monto del impuesto recargado en las mismas.

La decisión de suspender esta norma cuenta con el respaldo unánime de los integrantes de la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados, quienes atendiendo a las dudas e inquietudes manifestadas por diversos sectores productivos en torno al impacto administrativo y financiero que tendría su aplicación en estos momentos, han manifestado su disposición a aprobar su postergación.

Para ello, el Ejecutivo ha decidido acoger una indicación que se incorporará al proyecto de ley actualmente en trámite que congela temporalmente el pago del Impuesto de Timbres y Estampillas en la reprogramación de deudas hipotecarias, el que debería aprobarse en un plazo máximo de 30 días.

En virtud de este acuerdo, el Servicio de Impuestos Internos informó que no hará exigibles por este período las obligaciones que impuso en virtud de la ley la Circular N° 41, de junio último, en que precisó la forma de aplicar administrativamente esta disposición.