Fue
publicada en el Diario Oficial la ley que estableció una exención temporal por 12 meses del pago del Impuesto de Timbres y Estampillas en la reprogramación de deudas hipotecarias.
La misma ley suspende hasta el 31 de diciembre del 2002 la aplicación de la norma que señalaba que para hacer uso del derecho de crédito fiscal, las empresas debían pagar a sus proveedores un monto equivalente a lo menos al IVA que grava la respectiva operación.
Para acceder al texto definitivo de la ley seleccione aquí.
|