Home Santiago, 29 de  Julio de 2002


Ampliación rige también para exceso de endeudamiento

SII prorroga hasta el 30 de septiembre plazo para entregar Declaraciones del art. 59 N°1


El Servicio de Impuestos Internos (SII), comunica que ha prorrogado hasta el 30 de Septiembre del 2002, el plazo establecido en la Resolución Ex. N° 14 del 10 de junio del 2002, para la presentación de las declaraciones juradas sobre operaciones del Art. 59 N° 1, letras b), c) y d) de la Ley sobre Impuesto a la Renta y sobre exceso de endeudamiento.

El plazo primitivo para presentar las declaraciones era el mes de Julio de 2002.

Cabe indicar que a contar de la publicación de la Ley N° 19.738, todos los contribuyentes deben informar al SII las condiciones de los créditos otorgados desde el exterior por instituciones bancarias o financieras extranjeras o internacionales, los saldos de precios correspondientes a bienes internados al país con cobertura diferida o con sistema de cobranzas y las deudas por bonos o debentures emitidos en moneda extranjera por empresas constituidas en Chile. Todo lo anterior en conformidad al Art. 59 señalado. Asimismo, cuando el acreedor se trate de una entidad o persona relacionada se deberá informar, además, la declaración jurada sobre exceso de endeudamiento, considerando para estos efectos las instrucciones contenidas en la Circular 24 del 14 de marzo de 2002.

Para cumplir su obligación, deberá presentar una Declaración Jurada por cada operación, considerando para este efecto los anexos 1, 2, 3, 4 y 5 de la Resolución Ex. N°14 del 10 junio de 2002.

Para mayor detalle, lo invitamos a visitar nuestro sitio www.sii.cl, donde además de la normativa señalada, próximamente encontrará publicada la Resolución con la prórroga del plazo para la presentación de dichas declaraciones.