Home Santiago, 4 de  Julio de 2003
Senado aprobó pactos con Brasil, Ecuador, Perú, Noruega y Polonia

Nuevo avance en Agenda Procrecimiento: Acuerdos que evitan doble tributación reciben confirmación legislativa


El Senado aprobó definitivamente el miércoles 03 de julio los “Convenios para evitar la doble imposición y para prevenir la evasión fiscal en los impuestos a la renta y al patrimonio”, suscritos por Chile con Brasil, Ecuador, Perú, Noruega y Polonia. 

La Cámara de Diputados había hecho lo propio hacia fines del año pasado. 

Con la votación de ayer en el Senado culminó el trámite legislativo de estas iniciativas, quedando listas para ser promulgadas por el Presidente de la República y publicadas en el Diario Oficial. Desde luego, también deben ser ratificadas por los poderes legislativos de cada uno de los países con los cuales fueron negociados. 

Los acuerdos para evitar la doble tributación fueron suscritos con Ecuador en agosto de 1999; con Polonia en marzo de 2000, con Brasil en abril de 2001, con Perú en junio de 2001 y con Noruega en octubre de 2001. 

El Servicio de Impuestos Internos (SII) enfatiza la importancia de estas ratificaciones por la relevancia que esta particular materia tributaria tiene para las decisiones de inversión tanto de las empresas chilenas en sus procesos de internacionalización, como para estimular la llegada de inversionistas extranjeros al país. 

En esa perspectiva, la aprobación de los convenios negociados con estos cinco países es uno de los aspectos incluidos en la Agenda Pro Crecimiento y cuya ratificación con mayor insistencia han venido pidiendo diversos líderes empresariales. 

Es meritorio además destacar la rapidez como los técnicos y negociadores chilenos pertenecientes al Departamento de Tributación Internacional del SII, han avanzado en esta materia, pues desde 1997 a la fecha se llegó a acuerdos con diez países, en tanto que se negocia al menos con otros 11.
 

La importancia de los acuerdos

Los convenios de doble tributación se insertan dentro del proceso de modernización del sistema impositivo chileno para adecuarlo a la inserción internacional de la economía nacional. Ese proceso fue iniciado con la suscripción de convenios con Canadá y México, que se encuentran vigentes, a lo cual se suman los 5 nuevos convenios recién aprobados en el Senado. (ver estado de negociación).

Tal como fue destacado en el lanzamiento de la campaña internacional “Chile, país plataforma” (ver presentación del director del SII), el objetivo central de estos convenios es evitar la doble tributación internacional, es decir, que el contribuyente pague dos veces: tanto en su país de origen como en el que lo acoge para hacer negocios. 

Para lograr ese objetivo se establecen una serie de disposiciones que regulan la forma en que los estados contratantes se atribuyen la potestad tributaria para gravar los distintos tipos de rentas. 

En algunos tipos de rentas, sólo uno de los países tiene el derecho a someterlas a imposición, siendo consideradas rentas exentas en el otro, con lo cual se evita la doble imposición. En otras rentas, en cambio, se establece una imposición compartida, lo cual significa que ambos estados tienen derecho a gravarlas, pero limitándose en algunos casos la imposición en el Estado donde la renta se origina o tiene su fuente, como ocurre con los intereses y regalías. 

En aquellos casos en que ambos Estados tienen el derecho de someter a imposición un tipo de renta, el Estado donde reside el perceptor de la renta, debe evitar la doble imposición por medio de los mecanismos que contempla su legislación interna, ya sea eximiendo de impuestos a las rentas de fuente externa, o bien otorgándoles un crédito por los impuestos pagados en el otro Estado. 

Fructíferos efectos 

Para la economía nacional, la suscripción de estos convenios tiene efectos muy importantes por cuanto facilitan un mayor flujo de capitales, de tecnologías y de servicios transfronterizos, lo que permite a su vez un mayor desarrollo de las actividades vinculadas a la exportación de bienes y servicios.

Lo anterior, es especialmente relevante en el caso de los convenios suscritos con países geográficamente cercanos a Chile, pues éstos reciben la mayor parte de la inversión chilena en el exterior.

Adicionalmente, en conjunto con otras medidas que se están tomando, ello facilita e impulsa que Chile pueda constituirse en una plataforma de negocios para empresas que no solamente quieran operar localmente.