El Senado aprobó definitivamente el miércoles
03 de julio los “Convenios para evitar la doble imposición y para
prevenir la evasión fiscal en los impuestos a la renta y al
patrimonio”, suscritos por Chile con Brasil, Ecuador, Perú,
Noruega y Polonia.
La Cámara de Diputados había hecho lo
propio hacia fines del año pasado.
Con la votación de ayer en el Senado culminó
el trámite legislativo de estas iniciativas, quedando listas para ser
promulgadas por el Presidente de la República y publicadas en el Diario
Oficial. Desde luego, también deben ser ratificadas por los poderes
legislativos de cada uno de los países con los cuales fueron
negociados.
Los acuerdos para evitar la doble tributación
fueron suscritos con Ecuador en agosto de 1999; con Polonia en marzo de
2000, con Brasil en abril de 2001, con Perú en junio de 2001 y con
Noruega en octubre de 2001.
El Servicio de Impuestos Internos (SII)
enfatiza la importancia de estas ratificaciones por la relevancia que
esta particular materia tributaria tiene para las decisiones de inversión
tanto de las empresas chilenas en sus procesos de internacionalización,
como para estimular la llegada de inversionistas extranjeros al país.
En esa perspectiva, la aprobación de los
convenios negociados con estos cinco países es uno de los aspectos
incluidos en la Agenda Pro Crecimiento y cuya ratificación con mayor
insistencia han venido pidiendo diversos líderes empresariales.
Es meritorio además destacar la rapidez
como los técnicos y negociadores chilenos pertenecientes al
Departamento de Tributación Internacional del SII, han avanzado en esta
materia, pues desde 1997 a la fecha se llegó a acuerdos con diez países,
en tanto que se negocia al menos con otros 11.
La importancia de los acuerdos
Los convenios de doble tributación se
insertan dentro del proceso de modernización del sistema impositivo
chileno para adecuarlo a la inserción internacional de la economía
nacional. Ese proceso fue iniciado con la suscripción de convenios con
Canadá y México, que se encuentran vigentes, a lo cual se suman los 5
nuevos convenios recién aprobados en el Senado. (ver
estado de negociación).
Tal como fue destacado en el lanzamiento de
la campaña internacional “Chile, país plataforma” (ver
presentación del director del SII), el objetivo central de estos
convenios es evitar la doble tributación internacional, es decir, que
el contribuyente pague dos veces: tanto en su país de origen como en el
que lo acoge para hacer negocios.
Para lograr ese objetivo se establecen una
serie de disposiciones que regulan la forma en que los estados
contratantes se atribuyen la potestad tributaria para gravar los
distintos tipos de rentas.
En algunos tipos de rentas, sólo uno de los
países tiene el derecho a someterlas a imposición, siendo consideradas
rentas exentas en el otro, con lo cual se evita la doble imposición. En
otras rentas, en cambio, se establece una imposición compartida, lo
cual significa que ambos estados tienen derecho a gravarlas, pero limitándose
en algunos casos la imposición en el Estado donde la renta se origina o
tiene su fuente, como ocurre con los intereses y regalías.
En aquellos casos en que ambos Estados
tienen el derecho de someter a imposición un tipo de renta, el Estado
donde reside el perceptor de la renta, debe evitar la doble imposición
por medio de los mecanismos que contempla su legislación interna, ya
sea eximiendo de impuestos a las rentas de fuente externa, o bien otorgándoles
un crédito por los impuestos pagados en el otro Estado.
Fructíferos
efectos
Para la economía
nacional, la suscripción de estos convenios tiene efectos muy
importantes por cuanto facilitan un mayor flujo de capitales, de
tecnologías y de servicios transfronterizos, lo que permite a su vez un
mayor desarrollo de las actividades vinculadas a la exportación de
bienes y servicios.
Lo anterior, es
especialmente relevante en el caso de los convenios suscritos con países
geográficamente cercanos a Chile, pues éstos reciben la mayor parte de
la inversión chilena en el exterior.
Adicionalmente, en
conjunto con otras medidas que se están tomando, ello facilita e
impulsa que Chile pueda constituirse en una plataforma de negocios para
empresas que no solamente quieran operar localmente.
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