El Juzgado de Garantía de Calama (Segunda Región) dictó el 30 de agosto su tercer fallo condenatorio en el ámbito del comercio clandestino, todos en menos de un año y también por delitos tributarios derivados del contrabando y venta ilegal de cigarrillos.
En esta ocasión la condena recayó en una mujer, de nacionalidad boliviana, quien enfrentará la pena de 541 días de presidio menor en su grado medio y deberá solventar una multa equivalente al 30% de una unidad tributaria anual, según lo dispuesto en el artículo 97, número nueve, del Código Tributario.
Dicho numeral sanciona “el ejercicio efectivamente clandestino del comercio o de la industria con multa del 30% de una unidad tributaria anual a cinco unidades tributarias anuales y con presidio o relegación menores en su grado medio y, además, con el comiso de los productos e instalaciones de fabricación y envases respectivos”.
Los hechos se remontan a junio de 2002, cuando una investigación de Carabineros de Chile detectó que la persona ahora condenada tenía en su poder cientos de cartones de cigarrillos de procedencia extranjera, cuyo ingreso al país no pudo justificar.
En noviembre el Servicio de Impuestos Internos presentó la querella por delito tributario de comercio ilegal de cigarrillos, en tanto que en julio de este año el Ministerio Público formuló acusación por los delitos de contrabando, en concurso ideal impropio con el delito tributario imputado.
Esta es la tercera oportunidad en que el Tribunal de Garantía de Calama emite sentencia condenatoria por comercio clandestino de cigarrillos. Las dos previas fueron en marzo de este año, afectando a dos personas, y en diciembre de 2002, en contra de cinco personas, todas ellas por la figura delictiva descrita y sancionada en los artículos 97, número nueve, del Código Tributario y 180 de la Ordenanza de Aduanas.