Home Santiago, 22 de  Agosto de 2003
Disposición se aplica a partir de septiembre

SII crea código 505 en Formulario 29 para uso de importadores


El Servicio de Impuestos Internos (SII) informa que, conforme a la Resolución N° 35 del 2 de julio de 2003, ha incorporado el código 505 al Formulario 29 y que a partir de septiembre los importadores deberán informar en esa casilla el total de IVA pagado por importaciones y que estén utilizando como crédito en el período respectivo.

De modo que los contribuyentes que usan como crédito el monto de Impuesto al Valor Agregado (IVA) pagado por concepto de las importaciones, deberán utilizar la nueva versión del F-29 para las declaraciones correspondientes al período tributario agosto de 2003 y que corresponde declarar en septiembre próximo.

En el caso de los contribuyentes que no utilizan créditos de importaciones, éstos podrán emplear indistintamente los formularios F-29 con o sin el nuevo código 505, independiente del período tributario que declaren.

El IVA por concepto de importaciones representa el 53% del total de IVA pagado y el 26% del total de ingresos tributarios del país, lo cual evidencia la importancia de efectuar una buena fiscalización respecto de este impuesto.

Se informa asimismo que el software gratuito de Formulario 29 disponible en el sitio web del SII no será actualizado, por lo que se recomienda a los importadores usar el formulario electrónico o adquirir alguno de los software certificados por el Servicio.

Para presentar sus declaraciones en forma electrónica mediante www.sii.cl, los contribuyentes deben ingresar al menú “Impuestos Mensuales (IVA-F29, F50)”, opción “Declaración Formulario Electrónico” y declarar el total del IVA pagado por internación de especies usando el nuevo código 505.

Se recuerda que para presentar la declaración y pago de impuestos por medio electrónico, los contribuyentes pueden optar al pago en línea con su banco, con cargo a su cuenta corriente o tarjeta de crédito bancaria; o bien deben mantener vigente un convenio de pago con cargo a su cuenta corriente, a través de un mandato con su banco.

En caso de optar por esta última alternativa, se recomienda tramitar a tiempo el convenio, verificando directamente con el banco el plazo de entrada en operación de dicho pago automático de cuentas, para que al momento de presentar la declaración por Internet, el pago electrónico bajo esta modalidad se encuentre habilitado.