Home Santiago, 23 de  Abril de 2003
Representante recibe tres años de presidio remitido y multimillonaria multa

Justicia condena a ex Colonia Dignidad por delito tributario perseguido por el SII


El representante legal de la ex Sociedad Benefactora y Educacional Dignidad, Kurt Herbert Schnellemkamp Nelaimischkies, fue condenado a sufrir una pena de tres años de presidio y al pago de una multa equivalente al 100% del perjuicio fiscal causado, y que en 1989 fue estimada en $ 141.728.739, suma que debe ahora ser actualizada según prevé el Código Tributario.

De acuerdo a estimaciones preliminares, a enero de 2003 el perjuicio fiscal emanado de este caso alcanza a más de $ 500 millones.

La sentencia, dictada el lunes 21 de abril por el 13 Juzgado del Crimen de Santiago, considera a Schnellemkamp autor responsable de los delitos previstos en el artículos 97, N° 4 inciso primero y 97 N° 5 del Código Tributario, en calidad de reiterados, durante los años 1986 a 1989.

El tribunal dispuso la remisión condicional de la pena y el condenado quedó sujeto al control y vigilancia del Centro de Reinserción Social de Gendarmería, hasta el término de la condena.

En la sentencia se establece que Schnellemkap es responsable de la comisión de tres infracciones tributarias, de las cuales dos las comete en más de un ejercicio anual, por lo que el tribunal aplicó la circunstancia prevista en el artículo 112 del Código Tributario, es decir, considerándolas como un delito y aumentándola en un grado. También se acogió la circunstancia atenuante de irreprochable conducta anterior prevista en el Código Penal.

Durante el juicio fueron rechazadas peticiones de absolución, lo mismo que de mayores atenuantes y también una solicitud de sobreseimiento definitivo basado en una supuesta prescripción causal de nulidad de derecho público.

El desenlace de este largo proceso, que aún puede continuar en la Corte de Apelaciones, demuestra la tenacidad y perseverancia con que el SII persigue a los responsables de cometer delitos tributarios, ello incluso cuando el paso de los años pareciera haber echado al olvido el litigio originalmente planteado.