El
Servicio de Impuestos Internos (SII) comunica que ha creado la
“Declaración jurada sobre situación tributaria de retiros destinados
a reinversión, según el inciso 3° del artículo transitorio de la Ley
19.879”, la cual deberá ser presentada por aquellos contribuyentes
que remesaron o pusieron a disposición retiros a personas sin
domicilio ni residencia en el país, para su posterior reinversión en
Chile.
Dicha declaración deberá ser presentada en papel, en triplicado,
hasta el 11 de julio de 2003 ante el SII, en el Departamento
de Resoluciones de la Dirección Regional del domicilio del
contribuyente o en la Dirección de Grandes Contribuyentes, según sea
el caso.
Sobre esta materia, la Resolución 37 del 03 de julio de 2003
derogó a la Resolución 34 del 27 de junio de 2003, con el propósito
de simplificar el formulario de Declaración Jurada respectiva,
facilitando así el cumplimiento de la obligación por parte de los
contribuyentes.
Los contribuyentes que no presenten la declaración en el plazo
indicado, perderán el derecho establecido en la legislación
respectiva, por cuanto esa fecha fue determinada en la ley.
El propósito de esta declaración es regularizar la situación de
aquellas operaciones efectuadas entre el 1 de enero de 2000 y el 23
de junio de 2003, fecha en que fue publicada en el Diario Oficial la
Ley 19.879.
Mayores detalles podrá encontrarlos en la Resolución
Ex. N°37 del 03 de julio de 2003, disponible en la página web del Servicio.