Home Santiago, 2 de  Agosto de 2004
Causó perjuicio fiscal superior a $593 millones

Justicia procesa a individuo por venta clandestina de cigarrillos


El 12° Juzgado del Crimen de Santiago procesó, el lunes 26 de julio, a un individuo por su responsabilidad en diversos delitos tributarios, todos ellos derivados de la comercialización clandestina de cigarrillos, los cuales causaron entre los años 2000 y 2002 un perjuicio fiscal superior a los $ 593 millones .

Según una investigación desarrollada por el Servicio de Impuestos Internos (SII), el querellado aumentó indebidamente el crédito fiscal IVA a que tenía derecho, a través de la contabilización, declaración y utilización de facturas ideológica y/o materialmente falsas, incurriendo en el delito contemplado en el artículo 97, número cuatro, inciso dos, del Código Tributario.

La indagación estableció también que el querellado realizó ventas de cigarrillos importados, sin cumplir con las exigencias tributarias que pesaban sobre esta clase de transacciones, lo cual significa que efectuó ventas clandestinas de cigarrillos, ya que, las internaciones de mercadería eran inferiores a los volúmenes de ventas, lo que demuestra un alto volumen de ventas al margen de la ley, conducta tipificada como delictual en el artículo 97, número ocho, del Código Tributario.

Asimismo, omitió la presentación de su declaración mensual de impuestos correspondiente a octubre de 2001, dejando de pagar más de $ 29 millones por concepto de IVA, lo que constituye el ilícito del 97, número cinco, del Código Tributario.

También en las declaraciones anuales de renta, correspondientes a los años 2001 y 2002, omitió el monto de ingresos percibidos o devengados, por sus ventas netas de los años 2000 y 2001, respectivamente, tampoco se informó sobre el costo directo de los bienes y servicios, con lo que se afectó el cálculo de la renta líquida imponible. Por ende, se redujo maliciosamente el monto del Impuesto de Primera Categoría, conducta se encuentra sancionada en el 97, número cuatro, inciso primeo, del Código Tributario.

Todas las maniobras dolosas antes indicadas implicaron que el individuo rebajó su carga tributaria por IVA, Renta y por Impuesto al Tabaco, provocando un perjuicio patrimonial al Fisco de Chile que asciende a $593.280.161.