Home Santiago, 12 de  Abril de 2004
Y recomienda revisar información de agentes retenedores e informantes

SII toma medidas para facilitar uso de propuestas de declaración y afirma que todos los contribuyentes pueden declarar en www.sii.cl

Se amplía plazo para declarar y obtener devolución anticipada del 14 al 16 de abril


Frente a informaciones de prensa que indican que un número importante de contribuyentes no podría hacer uso del crédito tributario por intereses hipotecarios, debido a problemas con la información que proporcionaron al Servicio de Impuestos Internos (SII) las instituciones financieras, el Servicio señala lo siguiente:

  • El contribuyente siempre puede hacer uso de esta franquicia tributaria y presentar su declaración, preferentemente vía www.sii.cl, si cumple los requisitos establecidos por la ley para impetrarla, ya que el sistema tributario en Chile es de auto-declaración. El que exista un problema temporal con información proporcionada por algunas instituciones financieras relativa al crédito tributario por intereses hipotecarios, no impide en forma alguna que el contribuyente presente su declaración y reclame este beneficio tributario. La información proporcionada por terceros, en este caso instituciones financieras, sólo impacta la declaración del contribuyente al momento de hacer los cruces de información para verificar que los intereses por créditos hipotecarios imputados por el contribuyente, coinciden con la información proporcionada por las instituciones financieras al SII.

  • El SII ha estado exigiendo a bancos y entidades del sistema financiero, la entrega oportuna y exacta de la información referente a contribuyentes que tienen vigentes operaciones de crédito hipotecario. Los bancos y entidades del sistema financiero se han comprometido a hacer esfuerzos en esta materia, los cuales están siendo monitoreados diariamente por el SII.

  • Respecto de contribuyentes que no han tenido una propuesta de declaración, debido a la falta de información exacta de los créditos hipotecarios otorgados a éstos, el Servicio aclara que justamente esa falta de exactitud ha impedido hacerles una propuesta de declaración y que ésta no presente objeción respecto de los datos proporcionados por los agentes informantes en posteriores revisiones. Se recuerda que la información entregada por agentes informantes o retenedores es el insumo fundamental para construir “en línea” las propuestas de declaración que el Servicio somete al análisis y aprobación de los contribuyentes, razón por la cual la veracidad y exactitud de esta información es clave en esta medida de facilitación de la presentación de declaraciones de renta.

En consideración a lo anterior y en el afán permanente de facilitar el cumplimiento tributario, el Servicio anuncia que en las próximas horas ajustará sus sistemas informáticos para permitir a los contribuyentes que, aún cuando exista algún nivel de impugnación de la información entregada por agentes informantes (y retenedores), les proporcionará a los contribuyentes una propuesta de declaración en www.sii.cl para facilitar su trámite de presentación y cumplimiento de esta obligación tributaria.

Sin embargo, a estos contribuyentes se les advertirá de manera destacada al momento de hacer su trámite electrónico, qué información de agentes informantes o retenedores está impugnada y debe ser corregida para que su declaración no presente observaciones, al momento de la fiscalización informática, y no se demore en obtener su devolución si tiene balance a su favor.

En este sentido, el SII recomienda a los contribuyentes exigir y demandar rigurosidad en la presentación de información que terceros proporcionan de ellos. Los contribuyentes deben estar monitoreando su situación y, de ser necesario, comunicarse con la institución financiera, agente retenedor y/o informante para plantearle la urgencia de corregir la situación a la brevedad.

También es oportuno recordar que el SII instó a agentes informantes y/o retenedores, mediante cartas que en marzo se les enviaron a sus ejecutivos principales, a que procuraran hacer entrega oportuna y exacta de sus declaraciones juradas, evitando las tardanzas o bien la rectificación en exceso de tales datos.

Debe recordarse que en el sistema de auto-declaración y auto determinación de las rentas, la responsabilidad sobre el contenido, exactitud, integridad y rectitud de la declaración de impuestos sobre la Renta, corresponde en todo momento al contribuyente.

Finalmente, el SII comunica que ha dispuesto ampliar el plazo de recepción de declaraciones para obtener la devolución anticipadamente, del 14 al 16 de abril, accediendo así la devolución el 14 de mayo si esta no presenta problemas.