Home Santiago, 25 de  Noviembre de 2004

Pagos pueden efectuarse en línea a través de www.sii.cl

El 30 de noviembre vence cuarta cuota de contribuciones de Bienes Raíces


El Servicio de Impuestos Internos (SII) recuerda que la cuarta cuota de contribuciones de Bienes Raíces, año 2004, vencerá el próximo  martes 30 de noviembre y que hasta ese día podrá pagarse sin reajuste ni intereses.

Por lo anterior, invita a los contribuyentes a efectuar sus pagos “en línea” en www.sii.cl, operando con las Instituciones Financieras Habilitadas (BCI, Tbanc, Banco de Chile,  Banco Edwards,  Scotiabank, Banco Santander Santiago, BancoEstado, Banco del Desarrollo, Banco Security, Banco BBVA, Banco BICE, Citibank y BankBoston ).

También es posible cancelar con las tarjetas de crédito (Visa, Mastercard, Magna, American Express, Diners), en otras entidades bancarias, Servipag o Tesorería General de la República.

Cómo pagar en línea

Para efectuar el pago en línea de cuotas de contribuciones de un bien raíz se deben cumplir los siguientes requisitos: conocer el N° de rol de la propiedad por la cual pagará sus contribuciones, tener clave en el sitio Web del Banco del cual el contribuyente es cliente, o bien, poseer algunas de las tarjetas de crédito mencionadas anteriormente.

Al iniciar la operación, el contribuyente deberá seguir los siguientes pasos:  

  1. Conectarse al sitio Web del SII en (www.sii.cl)
  2. Seleccionar el Menú de Bienes Raíces y luego la opción “Pago de Contribuciones
  3. Ingresar a “Pago en Línea de Contribuciones”, registrar la región, comuna y Rol de la propiedad afecta a pago.
  4. Obtener la información de pago. En la pantalla se desplegará la información tanto de cuotas vigentes como de las cuotas vencidas.
  5. Elegir la o las cuotas que desea pagar.
  6. Seleccionar la institución financiera autorizada.
  7. Realizar el pago y obtener un “Certificado de Información de Pago de Contribuciones”.

Al efectuar el pago en línea, además de pagar  la cuarta cuota de contribuciones año 2004 también está habilitada la posibilidad de efectuar el pago de cuotas vencidas de contribuciones.