Home Santiago, 26 de  Noviembre de 2004
Fallo judicial en Punta Arenas

Sentencia de cinco años y un día para traficante de facturas


La Corte de Apelaciones de Punta Arenas, en fallo adoptado el 16 de noviembre de 2004, ratificó la pena de cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo, junto a una multa del 100% del monto defraudado, en contra de un individuo que reiteradamente perpetró los delitos previstos y sancionados por el artículo 97, número cuatro, incisos segundos y quinto del Código Tributario.

El proceso judicial se inicio en julio de 2000, cuando se denunció el uso de facturas falsas en sus declaraciones impositivas, y se amplio mediante una segunda querella por venta de facturas falsas en diciembre de 2002.

Durante el proceso, además de un perjuicio fiscal de poco más de $ 5,2 millones, se acreditaron los siguientes hechos constitutivos de los delitos ya reseñados:

- En su calidad de contribuyente al Impuesto al Valor Agregado (IVA), el condenado aumentó indebidamente el crédito fiscal IVA a que tenía derecho mediante la contabilización y declaración de ocho facturas falsas, de supuestos proveedores que declararon no conocerlo, no haber estado nunca en la ciudad de Punta Arenas e incluso no tener facturas por ser trabajadores dependientes, sin inicio de actividades.

- El condenado, pese a tener giro de “Distribución de frutos del país”, fue identificado por diversos contribuyentes de la región como quien les vendió facturas falsas, las que fueron usadas después por estos para rebajar ilícitamente su carga tributaria. Estas facturas aparecen con los membretes de supuestos contribuyentes, todos los cuales declararon haber sido suplantados en su documentación tributaria, pues algunos no tenían facturas, otros ni siquiera conocían Punta Arenas, otros manifestaron que existían diferencias de formato, de pie de imprenta, etc.

Al condenado se le incautó en su domicilio comercial, gran cantidad de talonarios de facturas de terceros, con y sin timbre del Servicio, en blanco, listos para su “venta”.

Esta persona permaneció siempre, desde el 30 de noviembre de 2002, detenido y/o sujeto a prisión preventiva, ya que su libertad fue considerada un peligro para la seguridad de la sociedad.

La condena ratifica los esfuerzos desplegados por el Servicio de Impuestos Internos en cuanto a erradicar conductas de evasión tributaria, que perjudican no sólo al fisco sino a todos los contribuyentes que cumplen cabalmente con sus obligaciones tributarias.