Home Santiago, 29 de  Marzo de 2004
Deberá presentarse entre el 1 y 30 de junio en Unidades o hasta el 15 de julio por Internet

Se crea Declaración Jurada Resumen Anual de IVA de Compras y Ventas


El Servicio de Impuestos Internos (SII) informa que mediante la Resolución 42, del 26 de marzo de 2004, ha establecido una Declaración Jurada Resumen Anual sobre montos totales del Impuesto al Valor Agregado (IVA) de compras y ventas. 

Esta declaración jurada anual deberá ser presentada en el Formulario 3323 entre el 1 y el 30 de junio de cada año por aquellos contribuyentes cuya sumatoria anual de créditos supera los $ 250 millones, aproximadamente 4.900 contribuyentes. 

Dicho universo de contribuyentes representa aproximadamente el 70 % del total de IVA crédito y débito que se genera en el país, por lo cual la medida apunta a mejorar la calidad y eficacia de la fiscalización del IVA a nivel nacional, para seguir reduciendo la evasión de dicho tributo y disminuyendo, consecuentemente, la competencia desleal de quienes no cumplen adecuadamente. 

La Resolución señala que todos los contribuyentes afectos a IVA y los exportadores cuya sumatoria anual de créditos supere los $ 250.000.000, deberán presentar una vez al año ante el SII, una Declaración Jurada que contendrá un Resumen Anual con el IVA que afectó a las compras de bienes, utilización de servicios e importaciones realizadas, y un Resumen Anual, con  el IVA que afectó a las ventas de bienes y prestación de servicios efectuados. Toda la información deberá estar referida al año calendario inmediatamente anterior.

Como parte de la política de facilitación del cumplimiento tributario de los contribuyentes, el SII pondrá a disposición de los contribuyentes las aplicaciones computacionales necesarias para la presentación de las declaraciones a través de Internet en www.sii.cl.

Al respecto se informa que los contribuyentes que presenten la Declaración Jurada por esta vía, el plazo de presentación se ampliará hasta el 15 de julio inclusive.

Alternativamente a la Declaración Jurada Resumen Anual, los contribuyentes podrán optar por enviar en forma electrónica el detalle de las operaciones de Compras y Ventas que tienen con sus proveedores y clientes. Esta opción apunta a facilitar el cumplimiento de la obligación, toda vez que si los contribuyentes ya tienen en sus sistemas contables el detalle de cada operación, no tengan que implementar nuevos desarrollos para llegar a la Declaración Resumen Anual. En particular, los contribuyentes que ya hayan adoptado la factura electrónica, quedarán automáticamente eximidos de la obligación de esta Declaración Jurada Resumen Anual, si han hecho llegar sus respectivos Libros de Compras y Ventas, por el período que exige la Resolución 42.