Home Santiago, 3 de  Agosto de 2005
Tribunal impone penas de cinco y siete años de presidio efectivo

Severas condenas en Santa Cruz por comercio clandestino


El Juzgado del Crimen de Santa Cruz (Sexta Región) sancionó severamente a dos personas que cometieron delitos tributarios de comercio clandestino e iniciación de actividades fraudulentas, con lo que se puso término a un proceso iniciado en 2002 cuando fiscalizadores del Servicio de Impuestos Internos (SII) detectaron reiteradas ventas de trigo a un molino de la zona que se amparaban en documentación tributaria falsa.

Esta espuria documentación era obtenida mediante la iniciación de actividades a que se inducía a realizar, mediante engaños, a modestos trabajadores de la zona de Colchagua.

El tribunal condenó a J.P.G.Z a la pena de cinco años y un día y a pagar una multa de cuatro unidades tributarias anuales (UTA), como autor de reiterados delitos indicados en el artículo 97, inciso 23, del Código Tributario, vale decir por haber proporcionado maliciosamente datos o antecedentes falsos en la declaración de inicio de actividades para obtener autorización de documentación tributaria.

Por el mismo delito y también por la comisión de aquellos descritos en el artículo 97, incisos ocho y nueve, del Código Tributario -vale decir el comercio de mercaderías sin cumplir con las exigencias legales relativas a la declaración y pago de los impuestos, y el ejercicio clandestino del comercio- y de los delitos de los artículos 197 y 198 del Código Penal -es decir falsificación y uso de documentación falsa- se condenó a M.A.G.G. a la pena de siete años de presidio y multa de cuatro UTA.

Ambas condenas se cumplirán de manera efectiva, vale decir los condenados no gozarán del beneficio de la libertad vigilada y cumplirán la pena en la cárcel.