El Tribunal Penal de Antofagasta, por decisión unánime, condenó a un individuo de iniciales L.A.E.F a la pena de 541 dias, multa y el decomiso de especies, como autor del delito contra la Ley de Propiedad Intelectual en concurso con el delito tipificado en el artículo 97, número nueve, del Código Tributario, por ejercer la actividad clandestina de reproducción de CDs y DVDs piratas.
El caso se remonta a mayo de 2004, cuando esta persona fuera sorprendida por Carabineros, en Tocopilla, en posesión de 619 CDs piratas y 105 películas en formato DVD y VHS.
Para desarrollar la actividad, el imputado constaba con un taller móvil acondicionado en el interior de su camioneta, contando con equipo computacional que incluía grabador de CD y DVD, impresora, fotocopiadota, escáner y diversos insumos para elaborar CDs piratas.
Al ser allanado su domicilio se encontraron diversas especies relacionadas con la reproducción ilegal de este tipo de material. En su oportunidad, el acusado explicó que tal cantidad de discos eran para su uso particular, lo que fue desvirtuado por los acusadores.
El Tribunal unánimemente estimó que las acciones del acusado contravienen la Ley de Propiedad Intelectual, toda vez que con ánimo de lucro, reprodujo y distribuyó fonogramas y películas, cometiendo también un delito tributario porque clandestinamente ejerció la actividad industrial de reproducción de dichos elementos.
Esta es la primera ocasión, desde que se inició la Reforma Procesal Penal en la Segunda Región, que se obtiene una condena por delito tributario.
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