I.
Nuevamente
el SII ofrece un conjunto de iniciativas para facilitar el
cumplimiento tributario en la Operación Renta 2006
En
el conjunto de medidas facilitadoras del cumplimiento tributario
desarrolladas por el SII para esta Operación Renta, destacan:
1)
Aviso electrónico acerca de cambios realizados en la información
entregada por agentes retenedores y más plazo para reemplazar la
declaración.
Si
se detectan cambios en la información entregada por agentes
retenedores e informantes acerca de terceras personas que hayan
aceptado la propuesta de declaración de renta, el SII enviará un
correo electrónico a las personas afectadas para avisarles de la
situación, de modo que puedan tomar las acciones que corresponda,
entre ellas modificar su declaración inicialmente presentada.
El lanzamiento de la Operación Renta 2006 se efectuó en la Biblioteca de Santiago, en reconocimiento a la Dibam, Sercotec e Injuv, socios estratégicos del SII en el establecimiento de una red nacional de infocentros, telecentros y biblioredes, junto a cibercafés, desde los cuales las personas declaren renta electrónicamente, con asistencia, comodidad y seguridad.
|
Los
cambios introducidos por los agentes retenedores en la información
que previamente han entregado al SII, pueden afectar la coherencia de
las declaraciones hasta ese momento presentadas, y si no son
corregidas puede implicar que sean impugnadas.
Todos
los contribuyentes que presenten declaraciones sin pago, podrán
reemplazar la misma hasta el 26 de abril, tanto en aquellas
situaciones en que se detectan errores propios o producto de los
cambios introducidos en la información aportada por agentes
retenedores o informantes.
¿Cuáles
son los principales errores que comete un declarante de Renta?
Con
más del 96% de declaraciones de renta efectuadas por Internet, los
errores lógicos y matemáticos han prácticamente desaparecido, dado
que el sistema los detecta y los rechaza. En ese sentido, la mayor
parte de los errores introducidos en las declaraciones son de tipo
tributario y ocurren por proporcionar incorrecta información sobre
rentas, desconocimiento tributario o clara intención de evasión.
Durante
abril y mayo, en plena Operación Renta, se produce un alto número de
rectificatorias de Declaraciones Juradas, lo que impacta directamente
en las declaraciones de renta en ese momento recibidas, toda vez que
se modifica la información con las cuales éstas se cruzan.
¿Quiénes
podrán reemplazar la declaración sin pago hasta el 26 de abril?
Cualquier
contribuyente que declare por Internet sin pago, puede reemplazar su
declaración, haya o no recibido un aviso del SII por cambio de
información de los agentes retenedores.
2)
Representante electrónico
A
partir de la Operación Renta 2006 los
contribuyentes-ciudadanos-agentes económicos tendrán la opción de
autorizar a un representante para que realice diversas actuaciones a
su nombre en el menú de RENTA del sitio www.sii.cl.
Para
efectuar la autorización, el contribuyente deberá ingresar, en www.sii.cl,
a la opción Administrar
Representantes Electrónicos del menú Registro
de Contribuyentes, donde es posible otorgar un poder electrónico
a un tercero para que, sin conocer la clave del contribuyente,
realice en su nombre diversos trámites relativos a la Operación
Renta, como confeccionar, grabar y/o enviar la declaración de renta.
El
representante electrónico ingresa con su RUT y clave personal, y
luego debe seleccionar si actúa para si mismo o para los terceros que
lo han autorizado.
El
contribuyente puede designar, por ejemplo, a su contador como
representante electrónico y, en caso de cambio, sólo se elimina la
autorización sin necesidad de modificar su clave personal.
¿Cuáles
son los requisitos para ser un administrador de representantes electrónicos?
Los
requisitos dependerán del tipo de representación que se quiera
otorgar, el que requerirá diferentes niveles de seguridad.
¿En
qué circunstancias se puede operar con representante electrónico?
En
cualquier condición que el contribuyente requiera de un tercero para
hacer, guardar o enviar o rectificar su declaración de renta, o bien
consultar para construir la declaración.
¿Cuándo
estará habilitada esta opción?
A
partir del 1 de abril de 2006.
¿Qué
importancia tiene y cómo puede apoyar que se alcance un 100% de
declaraciones de renta por Internet?
Permite
que el representante (Contador) guarde la declaración de renta de su
cliente, ingresando con su clave secreta, y luego el titular envíe la
declaración de renta, pagando los impuestos o solicitando devolución,
sin perder la confidencialidad de su clave secreta personal.
¿Cuál
es el vacío que llenará la existencia de esta nueva opción electrónica?
Evitar
compartir la clave secreta con terceros.
3)
Se amplia el universo de contribuyentes con propuesta de Declaración
Crece
la cantidad de propuestas de declaración de renta, alcanzando a
1.300.000; se incorporan a esta facilidad a los contribuyentes de
zonas que tienen regímenes tributarios especiales (I, XI y XII
regiones), personas con rescate de fondos mutuos o que hayan enajenado
acciones durante 2005 (a éstos últimos se les ofrecerá una aplicación
que permite determinar el mayor valor o pérdida producto de la venta
de acciones, lo cual facilita el llenado de la declaración).
En
cuanto a la enajenación de acciones, se deberá ingresar en la
aplicación las operaciones efectuadas en 2005 indicando si están o
no acogidas al articulo 18ter de la Ley de Renta y su régimen de
tributación; la aplicación calculará los montos a incluir en los códigos
que deben completarse en la declaración y formulará una propuesta.
4)
Herramientas de ayuda en línea para la confección de la Declaración
de Renta
Al
menos 500.000 contribuyentes dispondrán de herramientas que le
facilitarán declarar, ya que el SII ofrece ahora aplicaciones para
realizar cálculos de códigos de declaración.
Las
herramientas disponibles son:
-
Asistente
para el cálculo de Rebaja por Intereses Pagados por Créditos con
Garantía Hipotecaria;
-
Asistente
para el cálculo de Rebaja por Dividendos Hipotecarios, DFL N° 2;
-
Asistente
para el cálculo de crédito proporcional por rentas exentas
declaradas en línea 8;
-
Asistente
para el cálculo de Rebaja Ahorro Previsional Voluntario Art. 42
bis;
-
Asistente
para el cálculo de Retiros de Ahorro Previsional Voluntario Art.
42 bis; y
-
Asistente
para el cálculo de Enajenación de Acciones
Estas
herramientas de facilitación del cumplimiento operan a partir de la
información de las rentas del contribuyente. En general, las rebajas,
créditos o impuestos requieren de cálculos complejos, con límites
establecidos, rentas en situaciones específicas; de todo ello se hace
cargo la aplicación a partir de datos mínimos.
¿Cómo
puede utilizar un declarante de Renta una asistente de cálculo ?
Ingresando
a los link que acceden a los asistentes de cálculo.
¿Desde
qué opción estará disponible el asistente de cálculo ?
La
encontrara disponible en el frame (costado) del Formulario
Electrónico o en el menú de Información y Ayuda, en este último
puede acceder sin clave secreta, y los códigos no son traspasados a
la declaración.
¿Por
qué es útil y conveniente utilizar el asistente de cálculo en las
opciones predeterminadas?
Para
establecer correctamente las rebajas, créditos o impuestos, y
especialmente cuando el contribuyente no tiene propuesta de declaración
por el tipo de rentas que percibe. De modo que se:
1.
Facilita la construcción de la declaración de renta.
2. Evita errores que pueden provocar la impugnación.
5)
Página con información para Personas Jurídicas
A
las personas jurídicas, además de la información de otros agentes
retenedores o informantes, se les ofrecerá una página con información
propia y proveniente de otras instituciones, relativa a donaciones
efectuadas, créditos u otros que sean de importancia para la confección
de su declaración y le permitan evitar futuras inconsistencias.
¿A
través de qué opciones se mostrará este tipo de información al
declarante?
Previo a la presentación del formulario electrónico o software de
casas comerciales
¿Esta
información se entrega en línea?
Sí, la información que se entrega es aquella que está disponible en
los sistemas del SII en el momento que se ingresa a www.sii.cl.
¿Con
qué margen de anticipación podrá conocer una persona jurídica esta
información?
A partir del 1 de abril.
¿Cuál
es la ventaja práctica de esta opción?
Se minimiza la posibilidad de ser impugnado en la Operación Renta, al
conocer en detalle cada una de las rentas, rebajas o créditos, y los
límites legales que son requeridos al minuto de confeccionar la
declaración de renta de la empresa.
6)
Por segundo año puede declararse mediante mensajes de texto por
celular
Los
contribuyentes que tengan propuesta de declaración sin pago, podrán
solicitarla enviando un mensaje de texto al 7444 con su RUT y clave.
También
podrán consultar el estado de su declaración de renta por este mismo
medio.
7)
El pago con tarjeta de crédito no generará cobro de intereses
Por
segundo año consecutivo estará vigente un convenio entre el SII y
Transbank, la administradora de tarjetas de crédito, según el cual
no se cargarán comisiones ni intereses por cancelar el Impuesto a la
Renta con ese medio, sino a partir de la fecha de vencimiento del
estado de cuenta en el cual figura el cargo por pago de impuestos. Es
decir, si la cuenta de la tarjeta de crédito se cancela en su
fecha de vencimiento, el pago de impuestos que figurará cargado en
dicha tarjeta de crédito no generará comisiones ni intereses y
permitirá una postergación del desembolso.
Esto
representa un cambio significativo en la disponibilidad de fondos
destinados a impuestos, ya que los tarjeta habientes podrán pagarlos
con cargo a su tarjeta durante el mes de abril, postergando así el
desembolso efectivo de los recursos necesarios para concretar dicho
pago hasta la fecha de vencimiento del estado de cuenta que incorpore
el pago de impuestos. Así,
dependiendo de las fechas de facturación y de la fecha que en
abril realice la declaración y concrete el pago de impuestos
con cargo a la tarjeta de crédito, podría
postergar el “desembolso” efectivo de tales recursos hasta
mayo e, inclusive en algunos casos, hasta junio.
Lo
anterior es un gran estímulo en términos de liquidez, lo cual
debiera incentivar el pago electrónico de impuestos y por tanto la
declaración de impuestos vía www.sii.cl.
Con
esta facilidad, los contribuyentes cuya declaración tiene pago, no
estarán en la disyuntiva de postergar el cumplimiento de dicha
obligación hasta los últimos días de abril, sino que pueden hacerlo
más cómodamente durante el transcurso de dicho mes.
8)
Acceso y
conectividad Internet y atención extendida en unidades para facilitar
el cumplimiento tributario
El
SII nuevamente ha estructurado una red nacional de puntos de
conectividad a Internet, de tal manera que para todo contribuyente
existan oportunidades, gratuitas o de muy bajo costo, para acceder a
la Internet y concretar su declaración de impuestos en www.sii.cl
durante la Operación Renta 2006.
Se
convocó a 711 centros Internet desde los cuales será posible hacer
la declaración de Renta, los cuales en conjunto disponen de más de
2.228 puntos de conectividad Internet. La información de detalle de
estos centros se encuentra disponible en el Suplemento Tributario, en
boletines de asistencia al contribuyente en las unidades del Servicio
y en www.sii.cl, sección “Lugares
de acceso público a Internet”.
La
Oficina Virtual del SII en Internet, www.sii.cl
amplía los dispositivos electrónicos para aprovechar las ventajas
del cumplimiento tributario on-line
entregando tres facilidades para usuarios de teléfonos celulares: (1)
todos los contribuyentes podrán consultar si el SII le ha preparado
una propuesta de declaración; (2) aquellos contribuyentes con
propuesta y con saldo a devolver o en cero, podrán informarse del
saldo y aceptar dicha propuesta, con lo cual el trámite de presentación
estará concluido; y (3) todos los contribuyentes, independiente del
modo de presentación de su declaración, podrá consultar el estado
de la misma, por ejemplo: si fue aceptada sin objeciones, el medio de
pago para una devolución, etc. Todos estos servicios estarán
disponibles a partir del 1 de abril, por la vía de mensajes de texto
al número 7444 (para recordar este número digite SIII, equivale a
SIIInternet).
La
declaración podrá concretarse con una operación de intercambio de
cuatro mensajes de texto, sistema conocido como SMS (Short Message
Service, por su sigla en inglés), (Los pasos y mensajes a
intercambiar se explican en detalle en guía del Anexo N° 2, también
disponible en www.sii.cl).
Cualquiera
de los tres servicios que se utilice, independientemente de cuál
compañía telefónica haya sido el canal de comunicación, tendrá un
costo total de $ 100. Si el usuario de celular no acepta la propuesta
que el SII le formuló en la primera conexión que éste efectuó y, a
futuro, realiza una nueva conexión para declarar mediante el
intercambio de mensajes de texto, ello tendrá un nuevo costo de $
100.
Red
nacional de infocentros con socios estratégicos
Por
cuarto año consecutivo, el SII ha organizado una red nacional con a
lo menos 711 puntos de declaración. Como significativa demostración
de confianza, destaca que suman 260 los cibercafés, cuyos
propietarios y/o administradores los inscribieron en un registro que
levantó el SII. La dirección específica de cada uno se encuentra en
www.sii.cl, sección “Lugares de
acceso público a Internet”.
La
estructura de dicha red se completa con 57 infocentros del Instituto
Nacional de la Juventud (Injuv), 44 infocentros del Servicio de
Cooperación Técnica (Sercotec), 350 biblioredes de la Dirección de
Bibliotecas, Archivos y Museos (Dibam).
Es
importante destacar que en la red nacional de puntos de declaración
las personas podrán encontrar asistencia técnica en conectividad que
estará a cargo de personal
debidamente capacitado.
También
aumenta este año la oferta de facilidades para declarar desde centros
comerciales donde estarán habilitados espacios con una cantidad
importante de computadores con conexión on-line a Internet y a
cargo de funcionarios del SII, quienes podrán asesorar en la
realización del trámite desde la perspectiva de la conectividad y
navegación en www.sii.cl para hacer
la declaración.
Campaña
de asistencia en lugares públicos Para
este año anunciamos que desde el día 17 de abril hasta el 30 de
abril se atenderá a los contribuyentes en lugares de acceso público.
Hasta el día de hoy, ya suman 33 los mall, universidades,
supermercados, municipios, tiendas comerciales y corporaciones
privadas que ya nos han comunicado formalmente que
participarán en esta campaña nacional.
Los
detalles de dónde estarán asistiendo los funcionarios del SII
durante la última quincena de abril serán comunicados en los próximos
días por el Servicio y dicho trámite no tendrá costo para el
contribuyente.
Evolución
de declaraciones de Renta por medio de presentación

Adicional
a los nuevos servicios ofrecidos se mantienen los tradicionales
mecanismos ofrecidos a los contribuyente para facilitar el proceso de
declaración e incentivar el uso de la Oficina Virtual del SII en
Internet, www.sii.cl, dentro de estas
facilidades destacan:
-
A
partir del 1° de abril habrá 1,3 millón de propuestas de
declaración de Renta en línea que facilitan el cumplimiento.
Aproximadamente 1,3 millón de contribuyentes dispondrán de una
propuesta de declaración, construida por el SII a partir de la
información suministrada por agentes retenedores y/o informantes
de los distintos conceptos de renta del contribuyente
(empleadores, bancos, compañías de seguros, administradoras de
fondos de pensiones, entre otros).
Los
contribuyentes, no obstante esta facilitación que se les
ofrece, DEBEN revisar la propuesta y los datos que agentes
retenedores y/o informantes han proporcionado de sus rentas, y
SÓLO aprobar la propuesta si constatan su veracidad y se
encuentra completa. De no ser así, debe corregirla. En el
sistema de auto-declaración de impuestos la responsabilidad
sobre el contenido, exactitud, integridad y rectitud de la
declaración de impuestos sobre la Renta, SIEMPRE es del
contribuyente.
|
-
Alrededor
de medio millón de propuestas parciales de declaración de Renta en línea.
También desde el 1° de abril, para ahorrar tiempo y costos a
las personas, el Servicio ofrece una propuesta de declaración con
llenado parcial a alrededor de 500.000 personas, a quienes no puede
formular una propuesta total dada las complejidades de cumplimiento
que tienen.
-
Más
plazo a quienes declaran por Internet.
Como ya es tradicional, los contribuyentes que priorizan la
presentación de su declaración vía Internet, tendrán un plazo
adicional al 30 de abril, sin exponerse a multas que la ley contempla
por entrega fuera de plazo. Al respecto, las fechas son las que se
detallan:
Plazos
para el envío de las declaraciones de Renta
|
Medio
de envío
|
Inicio
|
Término
|
Internet
sin pago
|
Sábado
01 de abril
|
Martes
09 de mayo
|
Internet
con Pago
|
Miércoles
05 de abril
|
Martes
02 de mayo
|
Celular
sin pago
|
Sábado
01 de abril
|
Martes
09 de mayo
|
Papel
con pago
|
Miércoles
05 de abril
|
Martes
02 de mayo
|
Fecha
de presentación
|
Fecha
de Devolución*
|
Entre
el 01 y el 16 de abril
|
Viernes
12 de mayo
|
Entre
el 17 y el 28 de abril
|
Viernes
19 de mayo
|
Entre
el 29 de abril y el 09 de mayo
|
Martes
30
de mayo
|
Otras
fechas
-
Pago en línea con
cargo a la cuenta corriente, cuenta vista o chequera electrónica
(PEL): hasta el 02 de mayo.
-
Pago en línea con
cargo a la tarjeta de crédito: hasta el 02 de mayo.
-
Pago con mandato (PEC):
hasta el 27 de abril.
-
Pago al vencimiento:
hasta el 27 de abril.
-
Reemplazo declaración
sin pago: hasta el 26 de abril.
II)
La fortaleza de la fiscalización se mantiene y se agregan servicios
que permiten resolver más expeditamente las diferencias de impuestos
Para
la fiscalización que se realizará en 2006 se habilitarán servicios
en línea de entrega de información por parte de los contribuyentes
impugnados. Para esto, y a través de www.sii.cl,
el contribuyente podrá aportar antecedentes útiles a la
fiscalización de su caso en un formato que simplifica y agiliza la
revisión, con el consiguiente ahorro de tiempo en la fiscalización y
su conclusión más ágil.
Como
se ha explicado en diversas oportunidades, el cumplimiento tributario
en Chile se basa en la auto-determinación por parte de los
contribuyentes de sus obligaciones tributarias, entre ellas la
determinación y pago de los impuestos. La auto-declaración es el
sistema de mayor uso en el mundo, pero tiene tres riesgos ampliamente
conocidos:
-
Algunos contribuyentes no tienen suficiente
conocimiento-educación tributaria de cómo cumplir.
-
Algunos contribuyentes, al enfrentar su proceso de declaración,
deciden correr el riesgo de disminuir su carga tributaria, por la vía
de subdeclarar ciertos conceptos de ingresos.
-
Algunos agentes ven una oportunidad en la auto-declaración de
intentar defraudar al fisco, por ejemplo por la vía de acceder a
devoluciones improcedentes.
En
esta perspectiva, todo lo descrito en la parte I) apunta en la dirección
de facilitar el cumplimiento tributario, donde la opción estratégica
es el desarrollo de una administración tributaria on-line
como vehículo fundamental de prestación de servicios y asistencia a
los contribuyentes.
El
complemento fundamental a la batería de medidas de facilitación es
la fiscalización informática y en terreno que comprende la Operación
Renta año a año. En este sentido, en 2006 se mantendrán las líneas
fiscalizadoras y se agregan nuevos énfasis para minimizar la
competencia desleal de algunos agentes económicos que basan sus
ventajas competitivas en el incumplimiento tributario.
Estricto
control de la determinación de la renta líquida imponible.-
Un aspecto crucial en la tributación del Impuesto a la Renta está en
la correcta determinación de la base imponible de dicho tributo. Es
esta perspectiva se mantendrá estricto control de ciertos aspectos
centrales que determinar la tributación de empresas y de las rentas
empresariales que le generan a las personas naturales.
En
esta perspectiva se mantendrá el control de ciertos aspectos
centrales que determinan la tributación de empresas y de las rentas
empresariales que le generan a las personas naturales. Por ejemplo:
-
Postergación de impuestos personales por utilidades
empresariales que se retienen a nivel de las empresas, correcto uso y
registro del FUT, del crédito de primera categoría.
-
Correcta determinación de bases imponibles del año y
acumulación con años anteriores, especialmente en cuanto a los
arrastres de créditos, de pérdidas tributarias y de impuestos
pagados con anterioridad.
-
Correcta aplicación de franquicias –en cuanto a requisitos y
límites a imputar- que rebajan la base imponible y la determinación
del impuesto por diversas donaciones que permite la legislación.
Uso
de franquicias y gastos tributarios permanentes mantendrán control
fiscalizador.-
El
SII ha venido desarrollando crecientes esfuerzos para verificar que se
cumplen las condiciones necesarias
a partir de las cuales los contribuyentes pueden hacer uso de las
diversas franquicias previstas en las leyes tributarias.
Dichas
franquicias, que se otorgan
mediante mecanismos o tratamientos especiales, generan lo que se
define como gasto tributario y significa que el fisco deja de percibir
en torno a US$ 3.200 millones anuales con el objetivo de promover
a cierto sector, actividad, región o agente de la economía,
mediante el mecanismo de desgravación total o parcial, respecto de lo
que debiera pagar en el régimen general.
En
los cuadros 1 y 2 se muestra las magnitudes de los principales gastos
tributarios en el impuesto global complementario y de primera categoría.
Cuadro
N° 1: Gasto Tributario de principales franquicias tributarias
relacionadas al Impuesto Global Complementario-año 2006 (proyección)
Concepto
de Gasto Tributario
|
Gasto
Tributario
|
(mm$
nominales)
|
Deducciones:
|
1.
Intereses por créditos con garantía hipotecaria, según Art.
55 bis.
|
27.493
|
2.
Dividendos hipotecarios pagados por viviendas nuevas acogidas
al DFL Nº 2/59 según Ley N° 19.622/99.
|
5.758
|
Créditos:
|
3.
Crédito neto por ahorro (N° 4 letra A y ex letra B Art. 57
bis).
|
1.191
|
4.
Otros créditos.
|
2.305
|
Diferimientos:
|
5.
Rentas empresariales retenidas difieren el impuesto personal,
hasta el retiro de dichas rentas.
|
565.998
|
6.
Retiros reinvertidos antes de 20 días difieren el impuesto
personal, hasta el retiro de dichas reinversiones.
|
99.882
|
Total
|
702.627
|
Cuadro
N° 2: Gasto Tributario de principales franquicias tributarias
relacionadas al Impuesto de Primera Categoría - año 2006 (proyección)
Concepto
de Gasto Tributario
|
Gasto
Tributario
|
(mm$
nominales)
|
Créditos:
|
1. Crédito
por gastos en capacitación (SENCE)
|
47.978
|
2. Crédito
por compras de activos fijos
|
24.597
|
3. Crédito
por impuesto territorial
|
26.850
|
4. Crédito
por donaciones a Universidades e Institutos Profesionales
|
8.935
|
5. Crédito
por donaciones para fines deportivos
|
1.649
|
6. Crédito
por inversiones Ley Austral
|
19.762
|
7. Crédito
por inversiones en Arica y Parinacota
|
5.495
|
8. Crédito
por donaciones para fines educacionales
|
4.675
|
9. Crédito
por donaciones para fines culturales
|
3.428
|
10. Pago
provisional por asesorías técnicas a exportadores
|
1.792
|
Diferimientos:
|
11. Depreciación
acelerada, cuotas leasing, amortización intangibles y otros
|
252.690
|
Total
|
397.851
|
Cuadro N° 3: Nuevas Declaraciones Juradas con información
de terceros
implementadas durante la Operación Renta 2006
N°
|
Descripción
|
1828
|
Sobre
estado de ingresos y usos de donaciones recibidas, conforme a
los artículos 62 y siguientes de la Ley 19.712.
Declarantes:
Todo
contribuyente que reciba y/o haga uso de donaciones conforme a
lo dispuesto en dicha ley.
|
1866
|
Compras
de petróleo diesel, afectas al Impuesto Específico
establecido en la Ley 18.502, que puede ser deducido del débito
fiscal, de acuerdo a la Ley 19.764 de 2001.
Declarantes:
debe
ser presentada por las empresas de transporte de carga
terrestre que deduzcan el impuesto específico al petróleo
diesel en Formulario 29.
|
1867
|
Detalle
de rendimientos de vehículos que utilizan petróleo diesel,
en empresas de transporte terrestre de carga.
Declarantes:
Debe
ser presentada por las empresas de transporte de carga
terrestre que deduzcan el impuesto específico al petróleo
diesel en Formulario 29.
|
1870
|
Compras
y/o ventas de moneda extranjera.
declarantes:
instituciones bancarias, casas de cambio, corredores de
valores, agentes de valores y demás entidades que desarrollen
la actividad de compraventa de monedas extranjeras y/o canje
de valores expresados en dichas monedas, en el mercado
cambiario formal o informal.
|
Todo
contribuyente que sólo recibió boletas de honorarios electrónicos
durante el 2005, no requerirá presentar la declaración jurada 1879
que entrega información de detalle del pago de honorarios. En su
reemplazo, sólo deberán presentar una declaración jurada simple
informando de esta situación ya que la información de detalle ya está
disponible en las bases de datos del SII.
III)
Positivos Resultados De Fiscalización Operación Renta 2005 y Nuevos
Servicios en Línea para la Fiscalización 2006
En
el anexo 3 se detalla el resultado de la fiscalización realizada
durante el año 2005. Esta privilegió el cierre de casos pendientes
de períodos anteriores, ello porque hubo una menor impugnación de
contribuyentes durante el año tributario 2005 (32% inferior que en
2004). Con todo, el resultado a favor del Fisco aumentó en 12%, desde
$ 93.592 millones a $104.726 millones.
IV.Consideraciones
y recomendaciones finales
Declare
todos sus ingresos, asegúrese de que estén incorporados y que si
hace uso de franquicias tributarias, usted cumpla adecuadamente con
los requisitos por las cuales fueron establecidas.
Declare
vía Internet,
con lo que se asegura no tener problemas de forma y llenado. Además,
quienes presenten por esta vía declaraciones que no involucren pago
podrán hacerlo sin limitación de horarios ni de días hasta el 9 de
mayo. Asimismo, quienes tengan derecho a devolución la recibirán en
forma anticipada.
Solicite
depósitos en cuenta corriente,
a quienes tengan derecho a devolución y sean titulares de una cuenta
corriente, de ahorro o a la vista bancaria, se les recomienda
solicitar que dicho remanente les sea depositado directamente en ella,
haciendo uso del recuadro incluido en el Formulario 22, lo que les
permitirá contar con los respectivos fondos inmediatamente después
de concluido el proceso computacional.
Obtenga
información en línea del estado de su declaración en www.sii.cl
y mediante su teléfono celular.
En
www.sii.cl se puede consultar el
resultado de la Declaración, tanto las presentadas por vía electrónica (por sus diversos
medios) o en papel, opción que también estará disponible vía teléfono
celular. Ingresando su RUT y Clave podrá conocer de inmediato si
tiene cheque de devolución o si debe esperar una carta de notificación
en el caso de que su declaración presente errores o inconsistencias.
En este último caso, si se conecta vía computador, el contribuyente
podrá obtener copia de la carta de notificación con el detalle de
los errores detectados y revisar la información existente en las
bases de datos del SII.
Corrija
su declaración desde su escritorio si tiene observaciones.
Los contribuyentes impugnados o aquellos que voluntariamente deseen
modificar su declaración, podrán solucionar su problema y generar la
respectiva declaración rectificatoria a través de Internet, sin
necesidad de concurrir a las oficinas del SII. Para los casos
descritos en la propuesta de declaración, se les propondrá la
declaración corregida.
Obtenga
asistencia en línea.
En el caso de dudas, éstas se podrán aclarar directamente
consultando en www.sii.cl, donde se
encontrara información actualizada, además de una versión electrónica
del Suplemento Tributario de Renta, publicado el .... de marzo en el
diario el Mercurio. De persistir las dudas las personas pueden llamar
a la Mesa de Asistencia al Contribuyente, al (02) 395-11-15).
Uso
de firmas electrónicas.
Para asegurar la identidad de los contribuyentes y maximizar el
resguardo y confidencialidad de la información transmitida, los
contribuyentes que lo deseen podrán hacer uso de Certificados
Digitales otorgados por entidades certificadoras acreditadas, como
alternativa al uso de Rut y clave de acceso.
En
cualquier caso, todos los servicios de consulta e interacción con el
sitio Web del SII cuentan con varios niveles de protección para
resguardar la seguridad y confidencialidad de la información de todos
los contribuyentes.
ANEXOS
- INFORMACIÓN
ÚTIL PARA EL CONTRIBUYENTE
- GUÍA
PASO A PASO PARA CONSULTAR, DECLARAR Y VERIFICAR ESTADO DE LA
DECLARACIÓN DE IMPUESTO A LA RENTA VIA SMS
- RESUMEN
DE RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN DE LA OPERACIÓN RENTA DURANTE
EL AÑO 2005
|