El
Director del Servicio de Impuestos Internos, (SII), Ricardo Escobar, el
Tesorero General de la República (s), Eugenio Guzmán y el Director de
Aduanas (s) Mauricio Zelada manifestaron su satisfacción por el resultado
obtenido en la investigación fiscalizadora que permitió detectar, en
solo dos meses, un millonario fraude fiscal por parte del grupo
textil Corma.
Las
autoridades fiscalizadoras reiteraron que la rapidez de las diligencias
debe ser una señal clara para todos los que pretendan cometer delitos en
contra del Estado ya que los organismos fiscalizadores perseguirán, con
total dureza, estos ilícitos que dañan el patrimonio de todos los
chilenos.
Los
personeros de gobierno relataron que tras la denuncia judicial presentada
por el SII y la Tesorería ante la Fiscalía Centro Norte, ayer el
dueño de la empresa textil Corma, Jesús Manzúr Saca, fue formalizado
por los delitos reiterados de obtención fraudulenta de devolución
de IVA exportador y fraude fiscal obtenidos de la subvención que
entrega la Ley Navarino, la cual beneficia a la Región de Magallanes.
Al
respecto, el SII, Tesorería y Aduanas se manifestaron satisfechos por la
diligencia judicial ya que el Tribunal de Garantías acogió todas las
medidas cautelares solicitadas por los organismos fiscalizadores quedando
Manzúr en prisión preventiva y las cuentas corrientes del grupo
congeladas.
De
acuerdo a las evaluaciones preliminares el holding textil habría
solicitado por concepto de la Ley Navarino una devolución de
$9.429.815.860 y por concepto de IVA exportador
$8.290.658.861.
Los
detalles de la fraudulenta operación
Consistía
en triangular, con empresas relacionadas, simulaciones de compra y venta y
así aumentar el valor de las mercancías de manera artificial. Hasta
ahora las operaciones entre las empresas del Grupo Corma no registran
pagos por lo que se presume que todas ellas fueron además simuladas, con
el solo fin de acogerse a los beneficios tributarios.
Según
se ha podido determinar la empresa Corma Magallanes Ltda., con asiento en
la ciudad de Porvenir, compraba a proveedores independientes que eran ex
trabajadores de Corma San Juan S.A., jeans primarios a $2.600 la unidad de
producto para luego, efectuar determinados procesos sobre los insumos que
lo hicieran beneficiario de la Ley Navarino. Acto seguido, las mercancías
eran vendidas a la empresa Corma San Juan S.A. a valores que fueron en
aumento en el último año llegando, en diciembre de 2007, a los $74.800
la unidad. Luego, dicho producto era vendido a la empresa Exportadora San
Juan Ltda. en $74.980 la unidad y finalmente era exportada la mercancía a
España y así obtener la devolución del IVA exportador.
Cabe
recordar que ayer el formalizado Jesús Manzúr reconoció ante el
Tribunal de Garantías que las empresas españolas Xinesca y Vaqueros
del Sur, que aparecen comprando finalmente las mercancías con
sobreprecio, también serían de su propiedad, hecho que contribuye a
confirmar la ilicitud de esta operación.
Al
respecto, las autoridades fiscalizadoras chilenas anunciaron que han
comenzado a realizar gestiones antes sus pares españoles con el objeto de
determinar las posibles implicancias legales y penales que podría tener
estas operaciones fraudulentas en España.
Las
operaciones irregulares de sobreprecio se habrían comenzado a realizar en
el mes de noviembre de 2007 y fueron descubiertas por los organismos
fiscalizadores en un plazo de dos meses tras la alerta del Servicio
Nacional de Aduanas. De forma inmediata, el SII y la Tesorería
General de la República iniciaron una rápida investigación con el fin
de determinar la veracidad de las operaciones lo que finalmente culminó
con la formalización de Manzúr por el delito de fraude al fisco.
Las autoridades del SII,
Aduanas y Tesorería aclararon que todavía queda pendiente que se
formalicen a otros miembros del grupo empresarial, al asesor jurídico del
holding Eduardo Vallejos y en contra de todas las personas que resulten
responsables como autores, cómplices o encubridores del delito de fraude
fiscal previsto y sancionado en el artículo 470, número 8 del Código
Penal y de los delitos previstos y sancionados en el artículo 97, número
4, inciso tercero del Código Tributario.
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