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El Servicio de Impuestos Internos (SII) informa que desde este año, los propietarios de terrenos acogidos al decreto ley 701, de 1974, sobre Fomento Forestal, beneficiados con exención total o parcial del Impuesto Territorial, deberán presentar entre octubre y diciembre de cada año, una Declaración Jurada relacionada con las superficies plantadas y cortadas, según establece la Resolución 111 del 22 de septiembre de 2008.
Como resultado de este proceso, se actualizará la información sobre las superficies de terreno que conservan la exención, así como aquellas a las que no corresponde el beneficio.
Para estos efectos, está disponible en www.sii.cl un Portal de Proceso de Declaración Jurada de Predios Forestales 2008, donde se incluye la normativa relacionada y una aplicación de consulta para conocer los roles de avalúo de los bienes raíces acerca de que se debe presentar la Declaración Jurada, según los datos registrados al 31 de diciembre de 2007.
Excepcionalmente, el plazo para realizar la declaración de 2008 será desde octubre a marzo de 2009. Durante este período, deberá presentarse la Declaración Jurada en www.sii.cl, menú Bienes raíces, opción “declaración jurada anual de predios forestales 2008”, o bien de manera presencial en cualquier Departamento de Avaluaciones en las oficinas del Servicio.
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