Home Santiago, 25 de  Agosto de 2008
Mientras se mantengan las dificultades de atención en oficinas

SII crea procedimiento para permitir la emisión de todo tipo de documentación tributaria sin timbraje previo

Incluye facturas, guías de despacho, notas de crédito y débito, etc.
También se adoptan medidas en beneficio de contribuyentes que debían presentarse en unidades del Servicio para aclarar diferencias por la Operación renta 2008


El Servicio de Impuestos Internos (SII) informa que ha establecido un procedimiento administrativo para autorizar la emisión de documentación tributaria sin timbraje previo –incluyendo facturas, guías de despacho, boletas de ventas y servicios, etc.-, destinado a contribuyentes que presentan un registro de buen comportamiento tributario.

El Servicio adopta este procedimiento en un esfuerzo adicional para contrarrestar las molestias que está causando a los contribuyentes la paralización de actividades decidida por los dirigentes gremiales y que ha continuado esta semana. El procedimiento busca facilitar el giro de los negocios y emprendimientos de los contribuyentes.

Para hacer uso de esta facilidad, que comenzará a operar a partir del martes 26 de agosto de 2008, los contribuyentes deben:

  • Comunicarse a la Mesa de Ayuda Telefónica del SII, llamando gratuitamente al 800-380-950.
  • Autenticarse con su clave Internet o identificándose con el nombre y RUT del representante legal. En caso de ser necesario, se pedirán algunos datos adicionales para acreditar la representatividad.
  • Solicitar que se le asigne un código para autorización de determinada documentación tributaria -boletas, facturas, guías de despacho, nota de crédito, nota de débito.
  • La mesa de ayuda, además del código, le señalará la cantidad de documentos tributarios específicos que podrá emitir sin timbraje del SII. El código estará asociado a la descripción del o los documentos autorizados y a la cantidad. Con un código se podrá autorizar varios tipos de documentos para el contribuyente.
  • El contribuyente, una vez que agote la cantidad de documentos inicialmente autorizados a emitir, deberá enviar a la dirección de correo electrónico webadm@sii.cl, un archivo electrónico (planilla Excel) detallando el tipo, número de documento emitido, RUT del cliente, IVA, fecha de emisión y el monto neto.
  • El contribuyente podrá realizar este trámite todas las veces que lo requiera en tanto la situación de paro no se deponga.
  • Una vez normalizada la situación en el SII, el contribuyente deberá concurrir a la unidad correspondiente a su domicilio y proceder al timbraje de los documentos emitidos.

El SII se hace un deber en señalar que verificará posteriormente el apropiado uso de esta medida, mediante la exigencia de la Declaración Resumen Semestral de IVA de Compras y Ventas (Declaración Jurada 3323) y cruces de información de compras y ventas de los contribuyentes.

Medidas Operación Renta 2008

También el SII ha tomado hoy decisiones en beneficio de los contribuyentes que resultaron observadas en la Operación Renta 2008 y que estaban citados a unidades del SII la semana pasada y esta, para aclarar diferencias en las unidades del SII

Se trata de 12.204 contribuyentes notificados por renta y que debían concurrir a unidades de todo el país entre el 18 y el 29 de agosto (ya no deben hacerlo). De ese total, 3.507 pueden rectificar por Internet, para lo cual deben ingresar a la página Web del SII a Consultar estado de declaración.

A otros 4.605 contribuyentes que no pueden rectificar por Internet y que no presentan situaciones pendientes en el SII, se les liberará automáticamente el 50% de los montos de devolución retenidos, situación que podrán revisar en Internet a partir de la próxima semana, y se les asignará una nueva fecha de atención, para que presenten sus antecedentes y resuelvan su situación definitivamente.

A los restantes 3.732 contribuyentes se les asignará una nueva fecha de atención a partir de la próxima semana.

Escuche al Director del SII referirse a estas medidas.