El Servicio de Impuestos Internos (SII) informa que a partir del 1 de junio de 2013, el Formulario 29, de declaración de impuestos mensuales, conocido también como de IVA, presentará modificaciones.
Los cambios incorporados a dicho formulario están relacionados con el beneficio de la suspensión total o parcial de los Pagos Provisionales Mensuales Obligatorios, para los contribuyentes que realizan inversiones en los territorios señalados en la Ley N° 19.420 (Ley Arica) y Ley N° 19.606 (Ley Austral).
El objetivo de la modificación es que los contribuyentes que cumplen los requisitos para acceder a este beneficio, informen en la respectiva declaración mensual de impuestos, el monto de los ingresos brutos para efectos del cálculo de los Pagos Provisionales Mensuales Obligatorios de cada período en que se hayan suspendido tales pagos, conforme a este artículo.
En la línea 52, se agrega un nuevo código para que los contribuyentes marquen con una “X” si están acogidos a la suspensión de PPM y se modificó la Glosa del Código 68, agregando “Tope Suspensión PPM Arts. 1°bis Leyes 19.420 y 19.606. Dicho código permite identificar a los contribuyentes que están haciendo uso de la franquicia y facilita la extracción del dato para determinar si están usando correctamente el beneficio.
Las modificaciones incorporadas al Formulario 29 se aplicarán a partir de junio de 2013, para las versiones en formato electrónico y upload, correspondientes al período tributario mayo de 2013; y a contar de julio, para las declaraciones presentadas en papel.
Nueva Declaración Jurada
De acuerdo a lo establecido por la ley, los contribuyentes que deseen acogerse al beneficio de suspensión de los Pagos Provisionales Mensuales Obligatorios, deberán presentar la Declaración Jurada 1908, la que debe ser presentada hasta el último día hábil del mes y permitirá suspender los Pagos Provisionales Mensuales Obligatorios que deban declararse y pagarse por los ingresos brutos obtenidos a contar de ese mismo mes. Ésta debe ser presentada en la Dirección Regional o Unidad correspondiente al domicilio del contribuyente. Más información sobre esta declaración puede obtenerse en la
Resolución Ex. SII N° 52 de 2013,la cual establece el plazo y la forma de su presentación.