Disponible mecanismo para que adultos mayores vulnerables accedan a rebaja de contribuciones
  • SII remitió por carta propuesta de aplicación del beneficio a potenciales favorecidos, quienes deberán ratificarla directamente en el organismo o a través de Internet, donde está disponible una copia de la carta.
  • Rebaja se hará efectiva a partir de la emisión de próximos roles de reemplazo, en junio o en diciembre, dependiendo de la fecha en que interesado ratifique propuesta.
Santiago, 8 de Abril de 2014

En cumplimiento de lo dispuesto por la Ley N° 20.732, de 05.03.2014, que establece la rebaja de las contribuciones correspondientes a propiedades habitacionales pertenecientes a adultos mayores económicamente vulnerables, el Servicio de Impuestos Internos remitió una carta con la propuesta de aplicación del beneficio a los propietarios que según sus registros cumplen los requisitos, quienes deberán ratificarla directamente en el organismo o aceptarla a través  de Internet.

La rebaja se hará efectiva a partir de la emisión de los próximos roles de reemplazo, en junio o diciembre, dependiendo de la fecha en que el interesado acepte la propuesta, según el siguiente calendario:

Los contribuyentes, con su Rut y clave, pueden aceptar las propuestas de rebaja ingresando al menú Bienes Raíces de la página web del SII, www.sii.cl, sub menú “Declaraciones Juradas y Solicitudes”, opción “Acogerse a Beneficio Adulto Mayor Ley 20.732”.

Por otra parte, copia de la carta con la propuesta de rebaja se encuentra disponible en MiSII, menú “Mis Cartas”.

En orden a implementar el otorgamiento de la rebaja de contribuciones, el SII ha hecho un esfuerzo por hacerlo efectivo en el rol de reemplazos de junio. Sin embargo, la aceptación posterior de la propuesta de rebaja no implica la pérdida del beneficio ya que éste se hará efectivo en la próxima emisión de cuotas de reemplazos.

Requisitos para acogerse
De acuerdo con la Ley, los adultos mayores vulnerables económicamente pueden acceder al beneficio que limita el pago de contribuciones hasta un monto que no exceda del 5% de su ingreso anual.
 
Para acceder al beneficio, se deben cumplir los siguientes requisitos:

En el caso que el SII no disponga de la información para confirmar que la inscripción de la propiedad tiene la antigüedad requerida, el contribuyente deberá entregar, al momento de la ratificación, un certificado de dominio vigente, con indicación de fojas, número y año de inscripción, que acredite el cumplimiento de tal requisito.

Aquellos contribuyentes que cumplan los requisitos establecidos en la Ley, pero que el SII no les efectuó una propuesta o que no concuerden con la propuesta elaborada, podrán solicitar el beneficio presentando el Formulario 2118, junto con los siguientes antecedentes: Para más información sobre este beneficio, puede consultar la Resolución Exenta N° 33 del 04 de abril de 2014 o acceder al sitio web del SII www.sii.cl.