En cumplimiento de lo dispuesto por la Ley N° 20.732, de 05.03.2014, que establece la rebaja de las contribuciones correspondientes a propiedades habitacionales pertenecientes a adultos mayores económicamente vulnerables, el Servicio de Impuestos Internos remitió una carta con la propuesta de aplicación del beneficio a los propietarios que según sus registros cumplen los requisitos, quienes deberán ratificarla directamente en el organismo o aceptarla a través de Internet.
La rebaja se hará efectiva a partir de la emisión de los próximos roles de reemplazo, en junio o diciembre, dependiendo de la fecha en que el interesado acepte la propuesta, según el siguiente calendario:
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Las propuestas ratificadas hasta el 15 de abril en oficinas del SII (área Avaluaciones) o por Internet (www.sii.cl) hasta el 23 de abril, se harán efectivas en el rol de reemplazos de junio, oportunidad en que las cuotas 1 y 2 serán reemplazadas por una de menor valor.
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Las propuestas ratificadas hasta el 29 de agosto en oficinas del SII (área Avaluaciones) o por Internet (www.sii.cl) se harán efectivas en el rol de reemplazos de diciembre.
Los contribuyentes, con su Rut y clave, pueden aceptar las propuestas de rebaja ingresando al menú Bienes Raíces de la página web del SII, www.sii.cl, sub menú “Declaraciones Juradas y Solicitudes”, opción “Acogerse a Beneficio Adulto Mayor Ley 20.732”.
Por otra parte, copia de la carta con la propuesta de rebaja se encuentra disponible en MiSII, menú “Mis Cartas”.
En orden a implementar el otorgamiento de la rebaja de contribuciones, el SII ha hecho un esfuerzo por hacerlo efectivo en el rol de reemplazos de junio. Sin embargo, la aceptación posterior de la propuesta de rebaja no implica la pérdida del beneficio ya que éste se hará efectivo en la próxima emisión de cuotas de reemplazos.
Requisitos para acogerse
De acuerdo con la Ley, los adultos mayores vulnerables económicamente pueden acceder al beneficio que limita el pago de contribuciones hasta un monto que no exceda del 5% de su ingreso anual.
Para acceder al beneficio, se deben cumplir los siguientes requisitos:
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Tener sobre 60 años si es mujer y sobre 65 años si es hombre, cumplidos al 31 de diciembre del año anterior.
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Que los ingresos anuales del contribuyente no excedan de la cantidad equivalente al tramo exento de pago del impuesto global complementario, es decir, tener un promedio de ingreso mensual menor o igual a $542.781.
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El avalúo fiscal de la propiedad no puede exceder de los $75 millones al 1 de julio de 2013 y debe corresponder a un predio no agrícola, con destino habitacional.
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La suma de los avalúos fiscales de los bienes raíces del contribuyente no debe exceder de los $100 millones de pesos.
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La propiedad debe estar inscrita a nombre del beneficiario por al menos dos años.
En el caso que el SII no disponga de la información para confirmar que la inscripción de la propiedad tiene la antigüedad requerida, el contribuyente deberá entregar, al momento de la ratificación, un certificado de dominio vigente, con indicación de fojas, número y año de inscripción, que acredite el cumplimiento de tal requisito.
Aquellos contribuyentes que cumplan los requisitos establecidos en la Ley, pero que el SII no les efectuó una propuesta o que no concuerden con la propuesta elaborada, podrán solicitar el beneficio presentando el Formulario 2118, junto con los siguientes antecedentes:
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Fotocopia carnet identidad
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Certificado de los ingresos percibidos durante 2012 otorgado por organismo competente o declaración jurada notarial que no tuvo ingresos.
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Certificado de dominio vigente de las propiedades que estén a su nombre, o en copropiedad.
Para más información sobre este beneficio, puede consultar la
Resolución Exenta N° 33 del 04 de abril de 2014 o acceder al sitio web del SII
www.sii.cl.