Santiago, 24 de Septiembre de 2015
Para contribuyentes de zona de catástrofe:
SII instruye procedimiento por pérdida de existencias y destrucción de documentos a raíz de terremoto

El Servicio de Impuestos Internos publicó la Circular N° 78, que imparte instrucciones especiales acerca del procedimiento a través del cual los contribuyentes deben dar aviso al organismo ante la destrucción, pérdida de existencias en inventarios, extravío o inutilización de libros de contabilidad o documentos que permiten acreditar anotaciones contables, afectas a cualquier impuesto, de empresas ubicadas en la zona de catástrofe el terremoto y posterior tsunami, del pasado miércoles 16 de septiembre, en la Provincia de Choapa y la comuna de Coquimbo.
 
Obligación de informar pérdidas de existencias (contenidas en Circular N° 3, de 1992):

Acreditación de pérdidas y existencias por declaración de renta efectiva:

 Acreditación de pérdidas:

 Pérdida o inutilización fortuita de libros o anotaciones contables:

 
Finalmente, la circular 78 informa acerca de los efectos tributarios de la dictación del Decreto Supremo N° 1.227 que establece las zonas afectadas por la catástrofe en materia de donaciones.
 
Todas estas instrucciones del SII rigen desde el día hábil siguiente a la catástrofe, vale decir desde el jueves 17 de septiembre de 2015.