Home> DECLARACIONES JURADAS POR INTERNET
El Servicio de Impuestos Internos, con el
objetivo de facilitar día a día la atención integral a los contribuyentes y, con ello
facilitar el cumplimiento tributario, ha mejorado y ampliado su actual canal de operación
e información a distancia, INTERNET.
En procura de este objetivo, el SII, a través de su sitio WEB, www.sii.cl , entregará toda la información relevante para
declarar y enviar las Declaraciones Juradas a través de INTERNET y, adicionalmente, el
contribuyente podrá realizar un seguimiento, en todo momento, del estado de las
declaraciones enviadas, así como también de los datos que en ellas se encuentran.
Además, el sitio contendrá todas las instrucciones tributarias existentes (Suplemento
Declaraciones Juradas, Resoluciones, Circulares, etc.).
Al momento de decidir el medio a utilizar para declarar, se debe tener presente que el
envío a través de INTERNET asegura una carga directa en las bases de datos que almacenan
la información que será empleada, posteriormente, para verificar las Declaraciones de
los Impuestos Anuales a la Renta.
Lo anterior asegura que la información enviada en las Declaraciones Juradas y utilizada
por los contribuyentes para la confección de la declaración Anual de Impuesto a la Renta
(Formulario 22) no será objetada por aspectos de forma. Otro beneficio de esta modalidad,
es que, si el contribuyente detecta que la información enviada es incorrecta o incompleta
podrá rectificar fácil y rápidamente de la misma manera que declaró originalmente.
A partir del año 2000, los agentes retenedores o
informantes que envíen sus Declaraciones Juradas a través de INTERNET podrán consultar
en el sitio WEB del Servicio el detalle y los totales de la información transmitida.
Otra importante innovación para las personas naturales y jurídicas informadas en las
Declaraciones Juradas a través de INTERNET, es que también ellos podrán consultar el
detalle de la información enviada al SII por sus agentes retenedores o informantes, la
cual estará disponible para la confección de su Declaración de Impuestos Anuales a la
Renta. |
El Servicio de Impuestos Internos recomienda la presentación de todas las
Declaraciones Juradas a través de INTERNET. Para facilitar el empleo de esta vía, el SII
pondrá en su sitio WEB, en forma gratuita, un software básico para la confección de la
mayoría de los formularios y, adicionalmente, certificará software de instituciones
privadas para la confección de los mismos.
Producto de lo anterior, los beneficios para los contribuyentes y los compromisos del SII
respecto de las declaraciones enviadas por INTERNET, se resumen en los siguientes puntos:
- Facilita el cumplimiento de las obligaciones tributarias
Se puede declarar sin limitaciones de
horario, todos los días del año, sean estos sábados, domingos o festivos. No se
necesita concurrir al SII para la presentación de la declaración, con lo cual se ahorran
tiempos de traslado y espera.
- Evita errores y problemas
Al declarar vía INTERNET se evitan
errores de llenado de los formularios y los consiguientes problemas a las empresas e
informados en el chequeo de la Declaración del Impuesto Anual a la Renta, Formulario 22,
ya que a través de INTERNET se realizan validaciones básicas que detectan posibles
errores matemáticos. Entre los errores más comunes que obligan al Servicio a rechazar
declaraciones por papel se encuentran la omisión de datos obligatorios (nombre,
domicilio, comuna y montos de totales), inconsistencia en el RUT y datos incongruentes,
como por ejemplo renta menor a impuesto único en Formulario 1887. A lo anterior, se suman
los errores de digitación al ingresar la información (el 3% de errores en la digitación
ha afectado a más de 20.000 formularios en años anteriores).
Al declarar por INTERNET el interesado
tendrá la opción de hacerlo hasta una semana después del vencimiento legal de los
plazos establecidos, condonándose las multas correspondientes por declarar fuera de
plazo. Si hubiere problemas de congestión, éstos se extenderán todo el tiempo que fuere
necesario.
La información llega sin errores y en
forma segura al SII, a través de un sistema confiable que mantiene el debido resguardo y
privacidad de ésta. Además, el Servicio cuenta con un sistema de registro de claves
secretas de acceso o password, en el cual se identifica a cada contribuyente. El traspaso
de los antecedentes se realiza en forma automática, de computador a computador,
utilizando encriptación de datos. Por todo lo anterior y porque no intervienen terceros
en su procesamiento, el envío de información vía INTERNET es más seguro que el papel.
El contribuyente que declare
por INTERNET no tendrá la obligación de enviar al domicilio del informado los
certificados asociados a la declaración jurada.
Sólo deberá emitirlos a solicitud de éstos, teniendo para ello un plazo de 5 días
hábiles, a partir del momento en que se realizó la solicitud. Por lo tanto, no será
necesaria la emisión anticipada de los certificados por parte de dichas empresas.
Además, el certificado podrá ser enviado al correo electrónico del solicitante.
Por otra parte, se libera de la obligación de mantener una copia en el archivo del
emisor.
El contribuyente podrá obtener toda la información necesaria del funcionamiento
detallado de la aplicación, consultando la página WEB del Servicio, www.sii.cl , o bien, obtener soporte técnico a través de
la Mesa de Ayuda INTERNET, para lo cual dispondrá de los siguientes medios: e-mail mesaayud@sii.cl; teléfono (2) 3951115 y fax (2) 672
3519.
El contribuyente que declare por INTERNET podrá realizar un seguimiento, y estar al tanto
en todo momento, del estado de la declaración presentada. Es decir, la página WEB
contendrá información en línea de la aceptación, rechazo, anulación y/o vigencia de
las distintas declaraciones enviadas electrónicamente, y así el interesado podrá
rápidamente reemplazar la declaración en caso de error en ella, o en caso contrario,
estar tranquilo y seguro de que la información que ingresó al Servicio es lógica y
matemáticamente correcta.
El SII pondrá a disposición, en forma
gratuita, softwares básicos para efectuar por INTERNET las declaraciones de los
formularios 1811, 1812, 1813, 1817, 1821, 1824, 1825, 1879, 1884, 1886, 1887, 1888 y 1893,
los que se podrán descargar fácil y rápidamente desde la página WEB del Servicio al
computador del interesado.
A través del software básico gratuito se podrá:
Confeccionar una declaración ingresando la información solicitada cuando lo desee, dado
que al disponer del software en su computador el contribuyente podrá ingresar los datos
en el tiempo que estime necesario.
Reducir significativamente los costos telefónicos, debido a que no se requiere estar
conectado a la página WEB del SII mientras se confeccionan las distintas declaraciones
juradas.
Efectuar una revisión de la declaración mediante validaciones lógicas y matemáticas
incluidas en los programas de ingreso, lo que evitará cometer los errores que comúnmente
se producen en las declaraciones enviadas en papel, por ejemplo, RUT inconsistente;
omisión de datos en campos obligatorios como nombre, domicilio y comuna; información
descuadrada entre el resultado de la suma de los datos informados y los totales declarados
en los cuadros respectivos; errores de transcripción de datos, etc.
Remplazar rápida y fácilmente una declaración, enviada con errores o incompleta,
utilizando el mismo software.
Software certificado
Además del software básico que proveerá gratuitamente el SII para confeccionar
y enviar las declaraciones, existirán softwares autorizados, desarrollados por empresas
externas al SII, con los que se podrán generar las declaraciones y posteriormente
enviarlas a través de INTERNET.
La nómina de las empresas de softwares autorizados se comunicará oportunamente en
nuestro sitio WEB, www.sii.cl .
Otros beneficios
El contribuyente que declare por INTERNET mantendrá almacenado en su computador
el detalle de las declaraciones remitidas por dicha vía al SII.
Los contribuyentes que presenten declaraciones fuera de plazo o efectúen rectificaciones
de éstas, se verán beneficiados por condonaciones que van desde un 20% a un 100% de las
multas, dependiendo de los plazos en que declare o rectifique.
Adicionalmente, si rectifica dentro del plazo determinado para la presentación de
declaraciones por INTERNET, no se le aplicarán las multas por haber entregado
originalmente información incompleta o incorrecta.
Garantía de acceso al WEB del SII
El Servicio garantiza que los contribuyentes que deseen enviar su información por
INTERNET, podrán hacerlo sin mayores inconvenientes. Si por congestión de la red durante
el envío de declaraciones remitidas a través de este medio, se ven impedidos de declarar
dentro de los plazos establecidos, el Servicio prorrogará dichos plazos, condonando las
sanciones estipuladas. Esto rige sólo para aquellos contribuyentes que declaren vía
INTERNET.
Información oportuna y completa
El sitio WEB del SII mantendrá en cada momento información actualizada, tanto de
Declaraciones Juradas como de Instructivos, Resoluciones, Circulares, Declaraciones de IVA
y de Renta.
Los contribuyentes que envíen Declaraciones Juradas a través de INTERNET podrán
consultar en todo momento el detalle y totales de la información transmitida, lo que
implica que, además de mantener la información en su computador, la podrán chequear
directamente en las bases de datos del Servicio.
Las personas naturales y jurídicas informadas en las Declaraciones Juradas a través de
INTERNET, podrán consultar el detalle de la información enviada al SII por sus agentes
retenedores o informantes, la cual estará disponible en el sitio WEB para la confección
de su declaración de Impuestos Anuales a la Renta.
Qué le solicitamos a usted
Sólo que declare por INTERNET.
PRESENTE
SUS DECLARACIONES POR INTERNET
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