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1.NORMAS COMUNES PARA LA CONFECCIÓN DE LAS DECLARACIONES JURADAS AÑO TRIBUTARIO 2000 |
1.1. Única Declaración |
1.1. Única
Declaración
1.2. Identificación del
Declarante
Si la persona que se debe informar en la Declaración Jurada resultara ser un extranjero sin RUT, por no tener domicilio ni residencia en el país, su información debe ser declarada con el RUT 55.555.555-5. Si se necesitara informar a más de un extranjero sin RUT, se deberá utilizar el mismo número de RUT para cada uno de ellos, empleando registros o líneas distintas en la declaración.
Si la persona que se debe informar en la Declaración Jurada resultara ser un chileno, con domicilio o residencia en el país, al que se le desconoce el número de RUT, su información debe ser indicada con el RUT 66.666.666-6. Si se necesitara informar a más personas en está situación, se deberá utilizar el mismo número de Rut para cada uno de ellos, empleando registros o líneas distintas en la declaración. 1.5. Forma en que
deberá entregarse la información
1.6. Con respecto a la información
Los plazos para la entrega de las Declaraciones Juradas en el año tributario 2000 vencen en las siguientes fechas: |
Nº |
TIPO DE FORMULARIO |
FECHA MÁXIMA DE PRESENTACIÓN EN EL AÑO 2000 EN LA UNIDAD RESPECTIVA |
FECHA DE PRESENTACIÓN VÍA ELECTRÓNICA |
1 | Formulario 1811 Retenciones efectuadas conforme a los Arts. 73 y 74 N°s 4 y 6 de la L.I.R. |
Hasta el 14 de marzo |
Hasta el 21 de marzo |
2 | Formulario 1812 Rentas del Art. 42 Nº1 (Jubilaciones, Pensiones o Montepíos) y Retenciones del Impuesto Único efectuadas. |
Hasta el 14 de marzo |
Hasta el 21 de marzo |
3 | Formulario 1813 Gastos Rechazados y Crédito por Impuesto de Primera Categoría provenientes de otras Sociedades. |
Hasta el 31 de marzo |
Hasta el 2 de abril |
4 | Formulario 1817 Inversión en Fondos de Inversión Nacionales Ley 18.815 no acogidos al mecanismo de Incentivo al Ahorro del Art. 57 bis letra A) de la L.I.R. |
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Hasta el 21 de marzo |
5 | Formulario 1821 Situación tributaria de retiros destinados a reinversión según normas de la letra c) del N° 1 letra A) del artículo 14 de la Ley de la Renta |
Hasta el 31 de marzo |
Hasta el 2 de abril |
6 | Formulario 1822 Enajenación de Acciones de Pago de Sociedades Anónimas Abiertas, según normas de la letra c) del N° 1 de la letra A) del artículo 14 de la Ley de la Renta |
Hasta el 31 de marzo |
Hasta el 2 de abril |
7 | Formulario 1823 Movimiento de Cuentas de Inversión por Acciones en Custodia de Sociedades Anónimas Abiertas Acogidas al mecanismo de ahorro establecido en la letra A) del artículo 57 bis de la Ley de la Renta. |
Hasta el 14 de marzo |
Hasta el 21 de marzo |
8 | Formulario 1824 Nómina Actualizada de Socios y Comuneros y su participación en la Sociedad o Comunidad. |
Hasta el 14 de marzo |
Hasta el 21 de marzo |
9 | Formulario 1825 Nómina de Bienes Raíces destinados al giro que dan derecho al crédito por contribuciones de bienes raíces. |
Hasta el 14 de marzo |
Hasta el 21 de marzo |
10 | Formulario 1879 Retenciones efectuadas por Rentas Pagadas de los Arts. 42 Nº 2 y 48 de la L.I.R. |
Hasta el 14 de marzo |
Hasta el 21 de marzo |
11 | Formulario 1884 Dividendos distribuidos y Créditos Correspondientes. |
Hasta el 14 de marzo |
Hasta el 21 de marzo |
12 | Formulario 1885 Dividendos distribuidos y Créditos Correspondientes por Acciones en Custodia. |
Hasta el 14 de marzo |
Hasta el 21 de marzo |
13 | Formulario 1886 Retiros y Créditos Correspondientes. |
Hasta el 31 de marzo |
Hasta el 2 de abril |
14 | Formulario 1887 Rentas del Art. 42 Nº 1(Sueldos y rentas accesorias o complementarias) y Retenciones de Impuesto Único efectuadas. |
Hasta el 14 de marzo |
Hasta el 21 de marzo |
15 | Formulario 1888 Movimiento de Cuentas de Inversión acogidas al Mecanismo de Incentivo al Ahorro establecido en la letra A) del Art. 57 bis de la L.I.R. |
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Hasta el 21 de marzo |
16 | Formulario 1889 Cuentas de Ahorro Voluntario de las AFP sujetas a las disposiciones generales de la Ley de Impuesto a la Renta. |
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Hasta el 30 de marzo |
17 | Formulario 1890 Intereses u otras rentas por operaciones de captación de cualquier naturaleza en bancos e instituciones financieras no acogidas a las normas de la letra A) del Art. 57 bis de la Ley de la Renta. |
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Hasta el 14 de marzo |
18 | Formulario 1891 Compra y Venta de Acciones de S.A. y demás Títulos efectuadas por intermedio de los Corredores de Bolsa y Agentes de Valores no acogidas a las normas de la letra A) del artículo 57 bis de la LIR. |
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Hasta el 21 de febrero |
19 | Formulario 1892 Inversiones en Fondos Mutuos no acogidos a las normas de la Letra A) del Art. 57 bis de la Ley de la Renta. |
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Hasta el 30 de marzo |
20 | Formulario 1893 Gastos Rechazados y Crédito por Impuesto de Primera Categoría. |
Hasta el 31 de marzo |
Hasta el 2 de abril |
21 | Formulario 1896 Créditos Hipotecarios, Dividendos Hipotecarios Pagados o Aportes Enterados y demás antecedentes relacionados con motivo de la adquisición de una vivienda nueva acogida a las normas del DFL Nº2, de 1959, con el fin de hacer uso del beneficio tributario establecido en la Ley Nº 19.622, de 1999. |
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Hasta el 29 de febrero |
La presentación de Declaraciones Juradas vía INTERNET,
fuera del plazo legal hasta la fecha establecida en el recuadro anterior, está favorecida
con la condonación total de las multas. Este beneficio otorgado se debe al ahorro que el
SII obtiene al recibir información electrónica directamente desde los contribuyentes,
ahorro que el Servicio traspasa, de esta forma, a este tipo de declarantes. Si por congestión de la red en el envío de declaraciones a través del WEB se ve impedido de declarar dentro los plazos establecidos, el Servicio prorrogará dichos plazos, condonando la totalidad de las sanciones estipuladas. Esto sólo rige para aquellos contribuyentes que declaren vía INTERNET. Para la recepción de la información en las Unidades del Servicio se atenderá en días hábiles hasta las 14:00 hrs., mientras que la recepción de declaraciones vía INTERNET operará las 24 horas del día y los 7 días de la semana. 1.8. Presentación de las declaraciones juradas Las declaraciones juradas presentadas vía INTERNET deberán enviarse a través del sitio WEB del SII, www.sii.cl, utilizando alguno de los mecanismos dispuestos para esto. En cambio, aquellas declaraciones presentadas en formularios de papel deberán ser entregadas exclusivamente en la Unidad del Servicio que corresponda al domicilio de la empresa o institución declarante, en días hábiles, hasta las 14:00 hrs. 1.9. Situación de las empresas o instituciones que han puesto término de giro a sus actividades Las empresas o instituciones a que se refieren las resoluciones sobre Declaraciones Juradas al Servicio, que durante el año respectivo hayan puesto término de giro a sus actividades, o en el transcurso del período hayan adoptado otras formas jurídicas, mediante las cuales ha desaparecido la empresa o institución primitiva, como en el caso de la transformación de empresas individuales en sociedades de cualquier clase, fusión de sociedades, etc., igualmente estarán obligadas a presentar las declaraciones correspondientes con la información que se requiere en cada una de ellas, por los meses del año en que ocurrieron las circunstancias antes mencionadas. En el caso de empresas que han puesto término de giro, las declaraciones juradas respectivas, deberán presentarse dentro del mismo plazo que establece el Artículo 69º del Código Tributario para dar aviso del cese de las actividades. En las demás situaciones indicadas, la obligación de presentar las declaraciones juradas en los plazos legales establecidos para estos fines, recae en la empresa o sociedad que subsiste o se crea, identificando en la declaración la empresa que efectivamente efectúo las retenciones de impuestos o pagó las rentas correspondientes. |