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Instrucciones para la Confección de la Declaración Jurada Nº 1823


Esta Declaración Jurada, deberá ser presentada por las instituciones intermediarias (corredores de bolsa y demás personas que efectúen operaciones de intermediación) por las acciones en custodia, que sin ser de su propiedad, se encuentren acogidas al mecanismo de incentivo al ahorro establecido en la letra A) del artículo 57 bis de la Ley de la Renta.

La Declaración Jurada Nº1823 se confeccionará de acuerdo con las siguientes instrucciones:

Se debe identificar el tipo de Declaración en el cuadro correspondiente (Original o Rectificatoria), ingresando una X si es original o ingresando el RUT y Folio de la declaración anterior, en caso de tratarse de una Declaración Rectificatoria.

Sección A: En esta sección deben ingresarse los datos relativos a la identificación de la Persona o Institución Intermediaria, ingresando el RUT, Nombre o Razón Social, Domicilio Postal, Comuna, Correo Electrónico, Número de Fax y Número de Teléfono (en los dos últimos casos, se debe ingresar el número incluyendo su código de discado directo).

Sección B:

Columna: Rut de la Sociedad Anónima (Institución Receptora): Ingrese el N° de Rut de la sociedad anónima abierta de la cual se poseen las acciones acogidas al mecanismo de ahorro de la letra A) del artículo 57 bis de la Ley de la Renta.

Columna: Rut del inversionista: Ingrese el N° de RUT del Inversionista titular de las acciones acogidas al mecanismo de incentivo al Ahorro de la letra A) del Artículo 57 bis de la Ley de la Renta.

Columna: Saldo de Ahorro Neto del Ejercicio: Ingrese el Saldo de Ahorro Neto del Ejercicio, determinado para cada inversionista acogido al citado mecanismo de ahorro de acuerdo con lo informado por la Institución Receptora (S.A. Abierta) mediante el Modelo de Certificado Nº8, ingresando en la columna correspondiente, si se trata de un Monto Positivo o Negativo, de acuerdo con la determinación que al efecto practique la institución intermediaria informante (Circ. del SII Nº 71, de 1998)

Se deja constancia que los totales que se ingresen en esta columna, deben coincidir exactamente con la información que por igual concepto se proporcione a cada contribuyente beneficiario de la renta, mediante el Modelo de Certificado Nº17.

Columna: Número de Certificado: Ingrese el N° o folio del Certificado emitido por la Institución Intermediaria al titular de las acciones en custodia acogidas al mecanismo de incentivo al ahorro de la letra A) del artículo 57 bis de la LIR, según Resolución Ex. N°065, D.O. 18.01.93, modificada por Resol. Ex. Nº4571, D.O. 31.10.94, Resol. Ex. Nº7211, D.O. 10.12.98 y Resol. Ex. N° 5316, D.O.07.12.2000 (Modelo de Certificado Nº17, ver Anexo B).

Aquellos contribuyentes que hayan realizado sus Declaraciones Juradas vía INTERNET, sólo deberán emitir los Certificados correspondientes, a solicitud de sus informados, teniendo 5 días hábiles a partir del momento en que se realizó la solicitud. Por lo tanto, no será necesaria la emisión anticipada de los Certificados por parte de dichas empresas. Además, el certificado podrá ser enviado al correo electrónico del solicitante.

 Los contribuyentes que realicen sus declaraciones Juradas vía Internet, sólo deberán informar los números de certificados solicitados por sus informados. De no existir tal solicitud, la información en la columna "Número de Certificado" podrá quedar en blanco.

CUADRO RESUMEN FINAL DE LA DECLARACIÓN.

En esta sección de la declaración Jurada Nº1823 deberá ingresar los totales que resulten de sumar los valores registrados en las columnas correspondientes. La aplicación revisará si los totales ingresados corresponde con la suma de las columnas respectivas.

El recuadro "Total de Casos Informados" corresponde al número total de casos que se está informando, por lo tanto, al momento de ingresar esta información será validada con el número de líneas ingresadas.

Notas:

También es posible enviar a través de Internet el archivo correspondiente a la Declaración Jurada, preparada previamente por software certificado por el SII, conectándose al sitio Web del Servicio, según se explica en el capítulo "Presentación de Declaraciones Vía Internet".

El plazo de entrega de la declaración es hasta el 14 de marzo del año 2002, siendo recomendable no esperar los últimos días para presentar la declaración. Si Ud. la presenta vía INTERNET, tendrá el beneficio de poder hacerlo las 24 horas del día y los 7 días de la semana.

El retardo u omisión de esta Declaración Jurada, se sancionará de acuerdo con lo prescrito en el Art. 97, Nº1, del Código Tributario.

En el caso que desee corregir, agregar o eliminar algún dato, deberá presentar una nueva declaración, ingresando, en el recuadro correspondiente, el número de Rut y folio de la declaración que rectifica.