RENTA – ACTUAL LEY SOBRE IMPUESTO A LA - ART. 40°, N° 1 L
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RENTA – ACTUAL LEY SOBRE IMPUESTO A LA - ART. 40°, N° 1 – OFICIO N° 1442, DE 13.04.92

Tratamiento tributario del Servicio de Gendarmería de Chile y sus respectivos centros de educación y trabajo – Exención del Impuesto de Primera Categoría – Normativa tributaria es aplicable a todos los centros que posee dicha institución en el país.

  1. Por Ordinario indicado en el antecedente, señala que se le ha informado a esa Superioridad, que el Director Regional de Puerto Montt de este Servicio, ha resuelto que el Art. 40 N° 1 de la Ley de la Renta, establece la exención del impuesto de Primera Categoría, entre otros, al fisco, las instituciones fiscales y semifiscales de administración autónoma, las instituciones y organismos autónomos del Estado y las municipalidades.

Agrega que por Oficio N° 1442, de 13 de Abril de 1992, se informó la exención del impuesto de Primera Categoría que favorece al Servicio de Gendarmería de Chile y que alcanza también a las rentas obtenidas por los Centros de Educación y Trabajo mantenidos por dicha institución.

En relación con lo anterior, solicita que dicho criterio sea aplicado uniformemente en todo el país para los diferentes Centros de Educación y Trabajo que mantiene Gendarmería de Chile.

2.- Sobre el particular, cabe señalar que efectivamente este Servicio por Oficio N° 1442, de fecha 13.04.92, estableció el tratamiento tributario que afecta al Servicio de Gendarmería de Chile y a sus respectivos Centros de Educación y Trabajo a que se refiere su presentación; normativa tributaria que es aplicable a todos los centros que posee dicha Institución a lo largo del país, en la medida que se cumplan con los requisitos y condiciones que se establecen en el citado oficio, cuya fotocopia se acompaña para su conocimiento y difusión a los demás Servicios que esa Dirección posee en otras ciudades del territorio nacional.

 

JAVIER ETCHEBERRY CELHAY
DIRECTOR

 

Oficio Nº 2.066 del 26.05.2000
Subdirección Normativa
Depto. de Impuestos Directos