Home | Ley Renta - 2003
LEY SOBRE IMPUESTO A LA RENTA – ART. 36 LEY N° 19.518 (ORD. N° 739, DE 05.03.2003) INFORMA SOBRE BENEFICIO TRIBUTARIO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 36° DE LA LEY N° 19.518, SOBRE ESTATUTO DE CAPACITACIÓN Y EMPLEO.
1.- Se ha recibido en este Servicio su presentación del antecedente, a través de la cual solicita información amplia sobre el proceso administrativo que debe realizar un microempresario que desea hacer uso de franquicias tributarias para capacitación, sea que tenga o no utilidades. Expone que muchas microempresas y microempresarios no conocen bien los formularios que se utilizan y tampoco tienen dominio de la forma como deben realizar los trámites administrativos para hacer uso de este derecho en forma eficiente, máxime si ellos no tienen acceso a Internet ni tienen Fax. 2.- Sobre el particular, en primer término es preciso señalar, que la Ley Nº 19.518, publicada en el Diario Oficial de 14 de Octubre de 1997, fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado del nuevo Estatuto de Capacitación y Empleo. 3.- Respecto de los antecedentes solicitados procede señalar que este Servicio, por medio de la Circular N° 19, de 23 de Mayo de 1999, impartió en forma detallada las instrucciones que dicen relación con la franquicia tributaria en comento. De acuerdo a lo requerido en su presentación, adjunto fotocopia del referido instructivo, no obstante encontrarse publicado en la página Web de este Servicio, cuya dirección es www.sii.cl.
|