Entre TTTT y XXX Ltda. se suscribieron dos contratos para la prestación de los servicios referidos. El primero aludió a la prestación de servicios de búsqueda, selección de personal y evaluación psicológica de los postulantes, y el segundo , dispuso la realización sólo de servicios de búsqueda y selección de personal.
Ambas propuestas señalan que el proceso de búsqueda y selección de personal se compone de varias etapas, a saber, definición del perfil del cargo, reclutamiento de candidatos, análisis curricular, evaluación psicolaboral, verificación de antecedentes laborales y recomendación de tres candidatos que mejor cumplen con los requisitos preestablecidos. Sin embargo, la propuesta de fecha 13 de marzo de 2009 incluye además entre los servicios contratados, el proceso de evaluación psicolaboral, el que a su vez se compone de las etapas de definición de perfil del cargo, evaluación psicolaboral propiamente tal y emisión de un informe psicolaboral individual para cada candidato.
La remuneración de los servicios de búsqueda y selección de personal se definió en base a un porcentaje del sueldo bruto por cada candidato contratado, sin perjuicio que se establece una suma fija por cada persona evaluada para los servicios de evaluación psicológica del primer contrato .
II.- ANÁLISIS:
El Art. 8° del Decreto Ley N°825, de 1974, en concordancia con el Art. 2° N°2 del mismo Decreto Ley, grava con IVA los servicios que provengan del ejercicio de las actividades comprendidas en los numerales 3° ó 4° del Art. 20 de la Ley sobre Impuesto a la Renta.
El numeral 3° del Art. 20 de la Ley sobre Impuesto a la Renta incluye, entre varios rubros, las rentas del comercio.
Por su parte, el Art. 3° del Código de Comercio dispone que constituyen actos de comercio, entre otros, aquellos realizados por agencias de negocios.
Ahora bien, respecto de la consulta particular formulada, se informa a Ud. que este Servicio señaló en el Oficio N°440, del 17.02.2012, que los servicios de búsqueda y selección de personal se encuentran gravados con IVA al ser propios de una agencia de negocios mercantil.
III.- CONCLUSIÓN:
La remuneración percibida con motivo de la prestación de servicios de búsqueda y selección de personal se encuentra gravada con IVA, por aplicación del Art. 8° en concordancia con el Art. 2°N°2 del Decreto Ley N°825, de 1974.
JULIO PEREIRA GANDARILLAS
DIRECTOR
Oficio N° 2929, de 29.10.2012
Subdirección Normativa
Dpto. de Impuestos Indirectos