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VENTAS Y SERVICIOS – NUEVO TEXTO – ACTUAL LEY SOBRE IMPUESTO A LAS – ART. 23° – RES. EX. N° 109, DE 2005 – OFICIO N° 2936, DE 2012. (ORD. N° 3435, DE 18.12.2012)
SOLICITA UN PRONUNCIAMIENTO SOBRE EL PROCEDIMIENTO PARA UTILIZAR EL CRÉDITO FISCAL DE IVA Y EL REMANENTE DEL MISMO, ACUMULADO EN CINCO AÑOS, COMO RESULTADO DE LA APLICACIÓN DEL CAMBIO DE SUJETO QUE ORDENA LA RES. EX. N° 109, DE 2005.

I.- ANTECEDENTES:

XXX tiene como giro la venta de recarga electrónica de teléfonos celulares, para lo cual utiliza una red de Terminales Pos instalados en el comercio, la mayoría pequeños comerciantes que constituyen su cartera de clientes.

Debido al cambio de sujeto dispuesto en la Res. Ex N° 109, de 25/10/2005, en virtud del cual las empresas operadoras (A, B, C) efectúan la retención total de IVA sobre el margen de comercialización, la contribuyente no posee débitos contra los cuales imputar el crédito fiscal soportado en la compra de bienes y contratación de servicios relacionados con su giro y/o por la compra de bienes destinados al activo fijo correspondiente a la misma actividad, en los términos que establece el artículo 23° del D.L. N° 825.

Como consecuencia de ello, la contribuyente ha acumulado una gran cantidad de crédito fiscal como remanente, lo que representa, según manifiesta, una carga financiera difícil de soportar que la podría llevar al colapso, de no proporcionarse una salida a esta situación.

Se hace presente que la mencionada Resolución, no contempla ningún mecanismo de recuperación de los créditos fiscales IVA que acumulen los contribuyentes retenidos.

III.- CONCLUSIÓN:

Sobre el particular, cabe manifestar que este Servicio se pronunció recientemente sobre la materia, mediante Ord. N° 2936, de 29/10/2012, del cual se adjunta una copia.


JULIO PEREIRA GANDARILLAS
DIRECTOR

Oficio N° 3435, de 18.12.2012
Subdirección Normativa
Dpto. de Impuestos Indirectos