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VENTAS Y SERVICIOS – NUEVO TEXTO – ACTUAL LEY SOBRE IMPUESTO A LAS – CÓDIGO TRIBUTARIO, ART. 126°, N°3 – OFICIO N° 2475, DE 2012. (ORD. N° 119, DE 22.01.2013)
CONSULTA SOBRE TRIBUTACIÓN APLICABLE A LOS SERVICIOS DE INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA Y TÉCNICA DE SEMILLAS.
I.- ANTECEDENTES:

La Sociedad XXX, presentó en esa Dirección Regional una solicitud de devolución de IVA exportador, correspondiente a exportación de servicios efectuados en los períodos de Febrero 2009, Marzo 2009, Octubre 2009, Enero a Mayo 2009, Octubre 2010, Diciembre 2010, Febrero a Abril 20011 y Octubre 2011. Por encontrarse todas esas solicitudes fuera de plazo conforme a lo dispuesto en el Art. 2°, del D.S. de Economía N° 348, de 1975, el contribuyente solicitó la devolución correspondiente, en virtud del Art. 126°, N° 3, del Código Tributario.

Sin embargo, al efectuar la presentación, ésta fue impugnada por el sistema (SIF-M), mediante una observación que indica que los servicios por los que se estaba solicitando la devolución, serían servicios no gravados con IVA.

XXX es una sociedad de responsabilidad limitada, cuyas actividades principales son:

1.- La producción y venta de semillas propias, adquiridas en el extranjero para cultivarlas y desarrollarlas hasta alcanzar un producto final maduro, que será comercializado en el mercado externo y en menor escala en el mercado interno.

2.- La prestación de servicios de investigación científica y técnica de variedades de propiedad de terceros (principalmente de su socio en Alemania).

Para la ejecución de sus actividades, cuenta con predios propios y arrendados y con estaciones de laboratorios para el desarrollo e investigación de semillas, que operan algunos de forma permanente y otros en forma estacionaria (contra estación Europa), los cuales evalúan, ensayan, muestrean y analizan, con fines científicos y técnicos, variedades vegetales de terceros, o bien, son utilizados como herramientas necesarias para arribar a las conclusiones científicas y/o técnicas, denominándolas en este último caso como “Estaciones Experimentales o Campos Experimentales”.

Los productos exportados son principalmente maíz y remolacha, en tanto que los servicios exportados, dicen relación con el desarrollo y mejoramiento científico y/o técnico de variedades vegetales de terceros, efectuados en virtud de contratos suscritos, en particular con la empresa alemana YYY

II.- CONCLUSIÓN:

Sobre el particular, cabe manifestar que este Servicio se pronunció recientemente sobre la materia, mediante Ord. N° 2475, de 29/10/2012, publicado en nuestro sitio web www.sii.cl. Para su información, se adjunta al presente oficio, copia de dicha publicación.


JULIO PEREIRA GANDARILLAS
DIRECTOR

Oficio N°119, de 22.01.2013
Subdirección Normativa
Dpto. de Impuestos Indirectos