I.- ANTECEDENTES
Solicita confirmar la vigencia de las instrucciones contenidas en oficio 2409 de 2009, en cuanto a que, tratándose de una empresa de publicidad, ésta puede utilizar el crédito fiscal, respecto de bienes que se entregarán gratuitamente en la campaña publicitaria solicitada por un cliente, ejemplo de ello: automóviles, televisores, plasmas, sistemas de audio, etc.
II.- ÁNALISIS:
Sobre el particular, cabe señalar que el Oficio 2409 de 2009 respecto del cual usted consulta, refiriéndose a lo dispuesto en Ord. N° 669 de 2007, en lo pertinente, señala que en general, tratándose de empresas publicitarias, procede el uso como crédito fiscal por el impuesto soportado en la adquisición de bienes corporales muebles que se destinen a ser entregados gratuitamente con fines promocionales.
Sin embargo, de su consulta se desprende que entre dichos bienes también se incluyen automóviles. En este sentido, cabe señalar que el artículo 23° N° 4 del D.L. 825, dispone “No darán derecho a crédito las importaciones, arrendamiento con o sin opción de compra y adquisición de automóviles, station wagons y similares y de los combustibles, lubricantes, repuestos y reparaciones para su mantención,…, salvo que el giro o actividad habitual del contribuyente sea la venta o arrendamiento de dichos bienes, según corresponda”.
II.- CONCLUSIÓN:
Conforme a lo anteriormente expuesto es posible señalar que se ratifica el criterio contenido en Ordinario 2409 de 2009, en cuanto a que, tratándose de empresas publicitarias, procede el uso del crédito fiscal por el impuesto soportado en la adquisición de bienes corporales muebles destinados a ser entregados de manera gratuita en el marco de las campañas de publicidad que ésta realice.
Lo anterior no resulta aplicable respecto de aquel impuesto soportado en la adquisición de automóviles, el cual conforme a lo dispuesto en el N° 4 del artículo 23 de la ley del ramo, no da derecho a crédito fiscal.
JUAN ALBERTO ROJAS BARRANTI
DIRECTOR (S)
Oficio N° 2135, de 03.10.2013
Subdirección Normativa
Dpto. de Impuestos Indirectos